La Cámara Nacional Electoral autorizó el uso de firmas digitales para iniciativas populares
La medida permitirá a los ciudadanos presentar proyectos de ley ante la Cámara de Diputados.
La Cámara Nacional Electoral (CNE) resolvió autorizar el empleo de una plataforma digital para la recolección de firmas electrónicas en el marco de la Ley de Iniciativa Legislativa Popular (24.747).
La medida beneficia a la organización no gubernamental Plan País Argentina y constituye un paso concreto para facilitar el ejercicio del derecho consagrado en el artículo 39 de la Constitución Nacional desde la reforma de 1994.
La resolución, firmada por unanimidad por los jueces Alberto Dalla Via, Santiago Corcuera y Daniel Bejas, destacó que la iniciativa popular es un mecanismo de democracia semidirecta que permite a los ciudadanos presentar proyectos de ley ante la Cámara de Diputados.
Según el fallo, la efectividad de este derecho no puede verse limitada por obstáculos meramente instrumentales. Por ese motivo, la plataforma digital busca ampliar el acceso ciudadano mediante una infraestructura moderna, segura y verificable.
La CNE recordó su trayectoria en la modernización de los procedimientos electorales, plasmada en diversas acordadas a lo largo de los años, como las referidas a la incorporación de herramientas tecnológicas en el proceso electoral. En materia de iniciativas populares, el tribunal ya había adoptado medidas previas para facilitar su tramitación efectiva.
La plataforma habilitada permitirá a los ciudadanos adherir electrónicamente al proyecto de ley promovido por Plan País Argentina. El sistema garantizará la identificación del firmante, la autenticidad de la firma, la trazabilidad y la integridad de cada adhesión, con estándares de confiabilidad equivalentes o superiores a los del soporte papel tradicional.
Funcionará de manera complementaria a la recolección en formato físico y fue autorizada como prueba piloto, bajo la supervisión permanente del área informática de la CNE.
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Para que una iniciativa popular prospere, la ley 24.747 exige la adhesión de al menos el 1,5% del padrón electoral nacional, distribuido en al menos seis distritos.
Una vez alcanzadas las firmas, la Justicia Electoral verifica su autenticidad por muestreo antes de remitir el proyecto al Congreso. Históricamente, este mecanismo tenía un uso limitado en la Argentina debido a las exigencias logísticas de la recolección en papel, que demanda recursos significativos y tiempo.