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Cuestion Entrerriana 21/05/2026 19:19 5 min de lectura

Rafecas rechazó frenar la licitación de la Hidrovía Paraná-Paraguay pese a denuncias de fraude millonario

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Rafecas rechazó frenar la licitación de la Hidrovía Paraná-Paraguay pese a denuncias de fraude millonario
Foto: Cuestion Entrerriana

El juez federal Daniel Rafecas rechazó el pedido de suspensión inmediata de la licitación de la Hidrovía Paraná-Paraguay, uno de los contratos de obra pública más relevantes del país, al considerar que no se acreditó peligro concreto ni evidencia suficiente para frenar el proceso.

La decisión, firmada este jueves, se tomó en el marco de una causa iniciada por denuncias de un supuesto entramado de fraude, falsificación de documentos y reparto anticipado de un contrato público estimado en USD 7.000.000.000.

El fallo se refiere al tramo central de la licitación pública nacional e internacional para la concesión del corredor fluvial más importante de la Argentina. Los denunciantes sostuvieron que la adjudicación estaba preacordada para un grupo empresario vinculado al poder político.

En línea con el dictamen del fiscal federal Guillermo Marijuan, el magistrado concluyó que no se daban las condiciones legales para adoptar una medida cautelar de no innovar que paralizara la licitación en curso.

Las denuncias sobre la licitación de la Hidrovía

La controversia gira en torno a la adjudicación para dragado, señalización y balizamiento de la Hidrovía Paraná-Paraguay, un canal clave para la exportación argentina.

La diputada Marcela Pagano denunció ante la Justicia presuntos manejos irregulares en el diseño de los pliegos los requisitos para competir, señalando que las condiciones habrían sido elaboradas a medida para excluir empresas de origen chino, pese a su peso internacional en el sector.

Según la presentación, el Grupo Neuss, liderado por Juan y Patricio Neuss, habría pasado en apenas dos años de ser un participante mediano a principal beneficiario de privatizaciones y concesiones estatales en el país.

La denuncia sumó otras acusaciones. Indicó que la empresa Jan de Nul aparecería como oferente formal, pero que el Grupo Neuss, como socio oculto, controlaría en realidad el 50% del contrato a través de subcontratos no declarados. También involucró al Grupo Román y, en el plano político, al expresidente Mauricio Macri.

El segundo denunciante, Fernando Míguez, presidente de la Fundación por la Paz y el Cambio Climático, argumentó que la licitación impone un requisito técnico un calado de 44 pies (13,41 metros) de cumplimiento inmediato que solo la firma Jan de Nul puede satisfacer en la región, lo que, a su juicio, garantizaba un único ganador posible.

El dictamen de Marijuan contra la cautelar

Las denuncias reclamaban una medida cautelar de no innovar, es decir, que el juez ordenara suspender de inmediato todos los pasos de la licitación hasta evaluar en profundidad los hechos planteados.

Este lunes, el fiscal Guillermo Marijuan se opuso al pedido, considerando que los requisitos para una medida tan drástica no estaban justificados en esta etapa del expediente.

En su dictamen, el fiscal federal consignó: No se acredita la verosimilitud del derecho invocado ni la arbitrariedad manifiesta del obrar administrativo, especialmente exigible frente a la Administración Pública tampoco se demuestra el peligro concreto en la demora al que alude la presentante, remarcó.

Explicó que las cautelares las suspensiones o medidas preventivas solo pueden otorgarse cuando hay pruebas concretas y urgentes de que, si la Justicia no actúa de inmediato, el daño será irreparable para el denunciante o para el Estado. Ese peligro en la demora es uno de los requisitos legales ineludibles.

El fiscal recordó además la presunción de legitimidad del accionar de la administración pública, por lo cual solo puede suspenderse su marcha si aparecen pruebas claras de ilegalidad o de un riesgo gravísimo e inminente.

Los fundamentos de Rafecas para mantener la licitación

Al resolver, el juez respaldó el criterio del Ministerio Público. En relación con los planteos y pruebas presentadas, señaló que las denuncias se basan en hipótesis sobre hechos futuros y que la investigación aún se encuentra en una fase inicial, sin elementos concretos que habiliten una decisión tan grave como suspender la concesión en curso.

Aclaró que las medidas cautelares son remedios procesales de aplicación restrictiva, solo válidos si se verifican, en simultáneo, tres condiciones: apariencia de derecho (probabilidad fundada de que lo denunciado sea cierto), peligro en la demora (daño irreparable si no interviene la Justicia ya) y presentación de una garantía suficiente.

Para el juez Rafecas, tanto la presentación de Pagano como la de Míguez carecen de esos requisitos, ya que lo expuesto aunque detallado no supera la instancia de denuncia inicial ni aporta pruebas materiales que justifiquen una intervención excepcional sobre el proceso licitatorio.

El fallo cita jurisprudencia reciente que exige a los jueces actuar con máxima prudencia, especialmente cuando la medida afecta el funcionamiento administrativo normal de organismos públicos y cuando existen otros juicios en trámite en el fuero federal de Santa Fe, donde ya se han rechazado medidas preventivas sobre el mismo proceso licitatorio.

De este modo, la resolución de Rafecas mantiene en marcha la licitación de uno de los contratos públicos de mayor peso histórico en materia de infraestructura fluvial y deja en pausa, por el momento, la posibilidad de una intervención judicial inmediata sobre la mayor privatización en curso por parte del Estado argentino.

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