ARCA dejará de apelar fallos por Ganancias a jubilados vulnerables
El organismo ordenó no recurrir sentencias adversas cuando existan problemas de salud, edad avanzada o afectación a la subsistencia de los adultos mayores.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero resolvió modificar su estrategia judicial en las causas vinculadas al cobro del impuesto a las Ganancias sobre jubilaciones. A través de una instrucción interna, el organismo ordenó a sus abogados no apelar sentencias adversas cuando los jubilados acrediten situaciones de vulnerabilidad, como edad avanzada, enfermedades, gastos médicos elevados o afectación de sus condiciones de subsistencia.
La decisión fue formalizada mediante la Instrucción General 4/2026 de la Subdirección General de Asuntos Jurídicos y se apoya en la jurisprudencia consolidada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación . Según el documento, los representantes fiscales no deberán presentar recursos extraordinarios ni quejas ante el máximo tribunal cuando los fallos estén basados en la doctrina fijada en el caso "García".
Ese antecedente judicial declaró inconstitucional el cobro del impuesto a las Ganancias sobre la jubilación de una mujer de 79 años de Entre Ríos que padecía problemas de salud. En aquella sentencia, la Corte sostuvo que el envejecimiento y las posibles discapacidades colocan a los adultos mayores en una situación de vulnerabilidad que impide evaluar su capacidad contributiva bajo los mismos parámetros que al resto de los contribuyentes.
En línea con ese criterio, ARCA reconoció que las apelaciones del fisco vienen siendo rechazadas "de manera sistemática" y calificó como "reprochable" la presentación de recursos manifiestamente improcedentes, al considerar que generan costos innecesarios para los jubilados involucrados en los procesos judiciales.
La instrucción también ordena desistir de los recursos federales ya presentados en aquellos expedientes donde aún no hayan sido tratados por la Corte. De esta manera, el organismo busca adecuar su actuación a los criterios jurisprudenciales vigentes y evitar la prolongación de litigios en casos donde existen antecedentes firmes del máximo tribunal.
Sin embargo, la medida no tendrá alcance general. ARCA aclaró que podrá continuar accionando judicialmente en situaciones donde los jubilados perciban ingresos adicionales significativos como alquileres, rentas del exterior u otras actividades que evidencien una mayor capacidad contributiva. También podrá intervenir en demandas colectivas impulsadas por entidades sin legitimación activa, como asociaciones o colegios profesionales.