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Informe Digital 20/05/2026 01:48 5 min de lectura

ARCA deja de apelar los fallos por Ganancias a jubilados - Informe Digital

El organismo cambia su estrategia judicial tras el criterio de la Corte y busca frenar más gastos para el Estado.

ARCA deja de apelar los fallos por Ganancias a jubilados - Informe Digital
Foto: Informe Digital

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) resolvió cambiar de estrategia judicial y dejará de insistir ante la Corte Suprema en los casos que cuestionan el cobro de Ganancias sobre haberes jubilatorios. La decisión importa porque consolida un giro oficial frente a un reclamo previsional que viene acumulando fallos adversos para el Fisco.

La medida quedó formalizada en la Instrucción General 4/2026 de la Subdirección General de Asuntos Jurídicos. Allí se ordena a los representantes fiscales no presentar nuevos recursos extraordinarios ni recursos de queja en este tipo de causas, y desistir de los planteos ya iniciados que todavía no fueron resueltos.

Según sostuvo ARCA en el texto oficial, el cambio apunta a evitar mayores erogaciones a cargo del Fisco Nacional, en un escenario en el que la Corte Suprema viene rechazando de manera reiterada las apelaciones del organismo.

El fallo que marcó el rumbo

La decisión se apoya en el precedente García, María Isabel c/ AFIP, dictado por la Corte Suprema el 26 de marzo de 2019. En ese caso, el tribunal declaró la inconstitucionalidad de varios artículos de la Ley de Impuesto a las Ganancias en la medida en que gravaban haberes jubilatorios.

Ese expediente se volvió una referencia central en la discusión previsional y tributaria. La demandante era una jubilada de 79 años con problemas de salud que, según el expediente, sufría retenciones equivalentes al 29,33% y al 31,94% de sus ingresos previsionales.

En aquel fallo, los jueces Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Elena Highton de Nolasco entendieron que el tributo, aplicado en esas condiciones, vulneraba principios constitucionales ligados a la igualdad y a la protección de personas en situación de vulnerabilidad.

La Corte sostuvo además que el envejecimiento y la discapacidad generan mayores necesidades económicas y que, por lo tanto, deben ser tenidos en cuenta al definir la carga tributaria sobre jubilados y pensionados.

También ordenó reintegrar las sumas retenidas desde la presentación de la demanda y dispuso que, hasta que el Congreso sancionara una ley específica, no se aplicaran descuentos por Ganancias sobre la prestación previsional de la demandante.

Qué cambia desde ahora

Con la nueva instrucción, ARCA dispuso que los representantes fiscales no presenten recursos extraordinarios ante la Corte Suprema ni recursos de queja cuando esos planteos sean rechazados en instancias anteriores.

También ordenó desistir de los recursos federales ya presentados pero todavía no tratados.

El documento firmado el 15 de mayo por Gustavo Heber Paturlannes, subdirector general de Asuntos Jurídicos de la entonces AFIP, señala que la decisión se apoya en la sostenida jurisprudencia de la Corte a partir del precedente García.

En ese marco, ARCA instruyó a sus áreas jurídicas a ajustar la estrategia de los casos a la doctrina fijada por el máximo tribunal, mientras no haya un cambio de criterio de la Corte o una nueva ley del Congreso que establezca un régimen diferencial para jubilados en situación de vulnerabilidad.

La Corte mantuvo el mismo criterio

Después del fallo García, la Corte Suprema siguió aplicando el mismo criterio en otros expedientes similares.

Incluso sostuvo que las modificaciones introducidas después en el impuesto a las Ganancias mediante la Ley 27.617 no resolvían el problema de fondo. Para el tribunal, esos cambios se basaron en criterios patrimoniales y no contemplaron un tratamiento específico para jubilados en situación de vulnerabilidad por edad o enfermedad.

Por eso, el máximo tribunal siguió rechazando las apelaciones del Fisco Nacional en distintos casos vinculados al descuento del impuesto sobre haberes previsionales.

La nueva postura de ARCA reconoce, en los hechos, que la estrategia judicial sostenida hasta ahora no venía dando resultados favorables para el organismo.

Qué pasará con los juicios en trámite

La instrucción también alcanza a las causas que siguen en distintas instancias judiciales.

En los casos en que las cámaras federales ya vienen rechazando de manera sistemática las apelaciones del organismo contra fallos de primera instancia, los representantes fiscales deberán consentir esas decisiones sobre la cuestión de fondo.

Sin embargo, ARCA aclaró que podrá seguir litigando por honorarios profesionales y costas judiciales, con el objetivo de reducir gastos para el Estado.

La decisión no alcanza a todos los expedientes. La norma prevé excepciones para determinadas situaciones.

Por ejemplo, la nueva estrategia no se aplicará cuando quienes impulsan la demanda no tengan legitimación activa, como podría ocurrir con asociaciones o colegios profesionales. Tampoco regirá en los casos en que la representación fiscal considere que existen circunstancias particulares que permitan revertir el criterio judicial aplicado hasta ahora.

El Congreso sigue en deuda

En el fallo García, la Corte Suprema también puso en conocimiento del Congreso la necesidad de avanzar en una legislación específica para jubilados y pensionados.

El tribunal consideró que debía existir un tratamiento diferencial que contemple tanto la situación de vulnerabilidad derivada de la edad o de problemas de salud como la capacidad contributiva de cada persona.

Hasta ahora, según surge de la resolución de ARCA, no se dictó una norma que modifique ese escenario de fondo. Por eso, el organismo resolvió adecuar su actuación judicial a la doctrina que la Corte viene sosteniendo desde 2019.

La medida marca un cambio relevante en la postura oficial frente a los reclamos de jubilados que cuestionan el descuento de Ganancias sobre sus haberes y anticipa que, salvo excepciones, el Estado dejará de insistir ante la Corte con apelaciones sobre este tema.

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