Designaron a una fiscal de Cámara para intervenir en la causa Bolsa de Comercio-Municipio
La resolución dispone que la fiscal de Cámara Verónica Bastos actúe de manera conjunta con el fiscal Marcelo Soto en las investigaciones vinculadas a las de
La Procuración General del Chaco resolvió designar a la fiscal de Cámara Segunda en lo Criminal de la Segunda Circunscripción Judicial, Verónica Andrea Bastos, para intervenir de manera conjunta con el fiscal Marcelo Fabián Soto en las causas vinculadas a las denuncias sobre las operaciones financieras entre la Municipalidad de Presidencia Roque Sáenz Peña y la Bolsa de Comercio del Chaco.
La medida, a la que pudo acceder Diario Chaco, fue oficializada mediante la Resolución Nº 45, firmada el 19 de mayo de 2026 por el procurador general subrogante, Hugo Miguel Fonteina, y fuentes confiables aseguran que esta medida se debe a que "hubo algunas señales procesales extrañas y declaraciones públicas llamativas vinculadas a la investigación".
Se supo que la Procuración argumentó que la intervención conjunta responde a "la trascendencia social e institucional de los hechos investigados", así como a la gravedad del caso y a los bienes patrimoniales comprometidos.
De esta manera, tanto la fiscal de Cámara Bastos como el fiscal Soto deberán suscribir en conjunto las disposiciones procesales que se adopten en el expediente hasta su finalización.
LA CAUSA
Según detalla el documento, la decisión se adoptó en el marco de las causas caratuladas "Pons Santiago Agustín, Arrudi Leonardo Daniel, Tévez Fernando Martín y otro s/denuncia", expediente Nº 835/2026-2, y "García Julio César s/denuncia", expediente Nº 1179/2026-2, ambas tramitadas ante el Equipo Fiscal Nº 3 de Sáenz Peña.
En la resolución se menciona, además, que dentro de las actuaciones fue presentado un convenio transaccional firmado entre la Bolsa de Comercio del Chaco, representada por su presidente Esteban Josué Fosatti, y el Municipio de Sáenz Peña, representado por el intendente Bruno Cipolini.
La resolución también ordena comunicar la medida a la Dirección de Tecnología de la Información del Ministerio Público Fiscal para habilitar la firma conjunta de ambos funcionarios en las actuaciones judiciales.