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Reporte2820 16/05/2026 03:24 2 min de lectura

Aftosa: Recategorizan terneros previo al comienzo de la segunda campaña de vacunación

Para optimizar la gestión del stock y la programación sanitaria, SENASA recuerda que debe informarse el cambio de categoría antes de iniciar la inoculación.

Aftosa: Recategorizan terneros previo al comienzo de la segunda campaña de vacunación
Foto: Reporte2820

Aftosa: Recategorizan terneros previo al comienzo de la segunda campaña de vacunación

En el marco de las campañas anuales de vacunación contra la fiebre aftosa y la brucelosis bovina, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) recuerda a los productores ganaderos la importancia de realizar, previo al comienzo del segundo período vacunal, el cambio de categoría de terneros y terneras en el Sistema Integrado de Gestión de Sanidad Animal (SIGSA).

Con la implementación de la Resolución SENASA N° 711/2025, que establece una nueva estrategia de vacunación para el abordaje de la fiebre aftosa, a partir de la segunda campaña de 2026 se inocularán únicamente las categorías menores.

Por ello, los terneros/as que ya recibieron sus dosis correspondientes (2da campaña 2025 y 1ra campaña 2026) deben ser recategorizados como novillitos o vaquillonas.

La actualización de estas categorías podrá efectuarse hasta 15 días antes del comienzo de campaña en cada región. En este sentido, las provincias que inicien el próximo 8 de junio tendrán tiempo de realizar la recategorización hasta el 24 de mayo.

Gestión del trámite

Los productores podrán solicitar el cambio de categorías a través de dos modalidades:

Autogestión: La solicitud es realizada por el mismo productor. Luego, el personal de la Oficina del SENASA correspondiente verificará que los animales a recategorizar cuenten efectivamente con las dos dosis aplicadas y autorizará la solicitud.

Presencial: La solicitud se realiza asistiendo a la oficina del SENASA correspondiente a la jurisdicción del establecimiento.

Se recuerda la importancia de realizar esta gestión, ya que el stock que permanezca bajo la categoría de "ternero/a" al momento de la visita del vacunador deberá ser inoculado obligatoriamente, de acuerdo a lo establecido en el calendario oficial.

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