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Diariovillaguayweb 14/05/2026 18:57 2 min de lectura

ORDENAN REUBICAR A TRABAJADOR VIAL QUE HABÍA RESISTIDO SU TRASLADADO A VILLAGUAY

Noticias de Villaguay, Entre Ríos, Argentina

ORDENAN REUBICAR A TRABAJADOR VIAL QUE HABÍA RESISTIDO SU TRASLADADO A VILLAGUAY
Foto: Diariovillaguayweb

ORDENAN REUBICAR A TRABAJADOR VIAL QUE HABÍA RESISTIDO SU TRASLADADO A VILLAGUAY

mayo 14, 2026

El gobernador Rogelio Frigerio resolvió hacer lugar parcialmente al reclamo presentado por el trabajador vial Federico Bogado contra una resolución de la Dirección Provincial de Vialidad, que había dispuesto su traslado a la Zonal IV de Villaguay tras la disolución del área donde se desempeñaba en Paraná.

El conflicto se originó luego de que, en enero de 2024, Vialidad ordenara el traslado de Bogado desde la entonces Secretaría de Coordinación de Auditorías Generales hacia la Zonal IV, dependiente de la Dirección de Conservación. El agente cuestionó la decisión por considerar que su residencia habitual se encontraba en la capital provincial y que el cambio le generaba un perjuicio económico, incertidumbre y un trato desigual respecto a los demás agentes del organismo. Además, reclamó que se le restituyera el pago del adicional por responsabilidad funcional, que dejó de percibir tras la eliminación del área en la que trabajaba.

En el decreto, al que Diario Villaguay tuvo acceso, el gobierno provincial reconoce que, aunque el trabajador había actualizado formalmente su domicilio en Paraná después de dictada la resolución de traslado, ordenar el cumplimiento del servicio en un lugar de trabajo muy alejado de la residencia habitual del agente constituye un supuesto ejercicio de la facultad del ius variandi reñido con la arbitrariedad. También se señaló que el traslado ha implicado para él un perjuicio económico.

Por ese motivo, la Fiscalía de Estado aconsejó revisar la medida y reubicar laboralmente a Bogado en un área dentro del radio de su residencia habitual en la ciudad de Paraná.

Sin embargo, el Ejecutivo rechazó el pedido para recuperar el adicional salarial por responsabilidad funcional. En ese sentido, el documento oficial sostiene que las funciones se ostentan en la medida que sean efectivamente ejercidas y que el trabajador no tiene estabilidad sobre las tareas específicas que desempeñaba antes de la disolución del área.

Finalmente, el artículo 1º del decreto establece: Hácese lugar parcialmente al recurso de apelación jerárquica (...) en lo referido a su reubicación laboral dentro del radio de su actual domicilio, y rechácese su pretensión de que le sea liquidado el adicional por responsabilidad funcional.

La medida quedó oficializada mediante el decreto Nº 649/2026, firmado junto al ministro de Planeamiento e Infraestructura, Hernán Jacob.

Diariovillaguayweb Esta nota se publicó originalmente en el medio.
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