Entre Ríos bloqueará licencias profesionales a deudores alimentarios
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El gobierno de Entre Ríos dispuso que no se otorgarán ni renovarán licencias de conducir profesionales interjurisdiccionales a quienes figuren en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos. De este modo, los conductores con cuotas alimentarias impagas quedarán inhabilitados para tramitar el registro de carga y pasajeros.
La decisión fue instrumentada por la Dirección General de Prevención y Seguridad Vial y apunta, según se remarcó, a garantizar el cumplimiento de las obligaciones familiares como condición para ejercer la actividad profesional al volante.
La medida quedó oficializada mediante el Decreto Nº 835/2026-E-GER-GOB, que establece un filtro estricto para los conductores de las Clases C, D y E, es decir, quienes se desempeñan en transporte de pasajeros y de carga.
En esa línea, la normativa fija que la responsabilidad parental pasa a ser un requisito de idoneidad para acceder o mantener la licencia profesional interjurisdiccional.
Control automático con el Registro de Deudores
A partir de la adhesión de Entre Ríos a las normativas nacionales previstas en el Decreto 196/2025, la situación de cada conductor frente al Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Ley 9424) se vuelve determinante para la tramitación del registro.
El proceso de control se realizará mediante una Verificación Automática para las categorías de transporte de pasajeros D1, D2, D3 y D4 asociadas a las clases profesionales C, D o E. Este chequeo estará a cargo de la Dirección de Seguridad Vial, que cruzará los datos de los solicitantes con el Registro de Deudores antes de autorizar cualquier trámite.
De esta manera, si el sistema detecta que el chofer integra el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, no podrá avanzar con la obtención o renovación de la licencia profesional interjurisdiccional.
Excepción técnica y certificado obligatorio
En el caso de la categoría D4 correspondiente a servicios de urgencia o emergencia asociados a clases particulares A o B, la provincia aclaró que existen limitaciones técnicas transitorias en el sistema nacional SIAF que impiden, por el momento, aplicar el mismo control automático.
Por esa razón, los conductores alcanzados por esta categoría deberán presentar obligatoriamente el Certificado de Libre Inscripción, que acredita que no registran deudas de cuota alimentaria.
Trámite digital y sin costo
Para quienes necesiten demostrar que no poseen deudas pendientes y así poder avanzar con su registro profesional, el trámite para obtener el certificado se ha digitalizado con el objetivo de agilizar los tiempos.
El trámite online se gestiona a través del portal oficial del Gobierno de Entre Ríos, ante la Dirección General de Asistencia Integral a la Víctima del Delito. Es gratuito y tiene una validez de 60 días desde su emisión.
Con este esquema, los deudores alimentarios no podrán obtener licencias de conducir profesionales ni renovar las interjurisdiccionales mientras mantengan obligaciones impagas, consolidando un nuevo mecanismo de presión estatal para el cumplimiento de la cuota alimentaria.