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APF 11/05/2026 11:52 2 min de lectura

La Justicia prohíbe al jefe de Policía sumarios contra policías que denuncian desvío de adicionales en el 911

En el marco de la causa que investiga la denuncia de un grupo de policías de la División 911 de Paraná sobre el desvío de fondos destinados a horas adicionales, el juez de Garantías, Julián Vergara, dictó una medida cautelar en la que prohíbe cualqui

La Justicia prohíbe al jefe de Policía sumarios contra policías que denuncian desvío de adicionales en el 911
Foto: APF

La Justicia prohíbe al jefe de Policía sumarios contra policías que denuncian desvío de adicionales en el 911

La medida había sido solicitada por la Fiscalía a cargo de Gonzalo Badano, a instancias de lo planteado por los efectivos que denunciaron un sistema de recaudación ilegal.

Los policías acusaron a funcionarios de la fuerza de una presunta maniobra de malversación de fondos vinculados a los servicios adicionales que cumplen los uniformados. Los denunciantes solicitaron resguardar sus identidades y reclamaron garantías para evitar posibles represalias dentro de la institución.

Cabe recordar que el 30 de abril se diligenció una orden de presentación de documental en la sede del 911 en las Cinco Esquinas de Paraná. En ese contexto, participó personal de Fiscalía y desde el área requerida entregaron prueba documental y digital vinculada a la causa.

El viernes pasado, el juez Vergara resolvió hacer lugar al pedido del fiscal y dictó la medida dirigida al jefe de la Policía de Entre Ríos, Claudio González, que dispone la prohibición de ordenar, promover, o ejecutar cualquier acto administrativo que implique una alteración en las condiciones de revista, traslados de destino, cambios de turno, pérdida de adicionales o cualquier medida disciplinaria que no cuente con sustento técnico y legal previo sobre los denunciantes.

También, la prohibición de realzar actos de hostigamiento, vigilancia o intromisión por parte de la autoridad policial en el ámbito laboral y/o personal de los denunciantes y sus familias, publicó Análisis.

La medida cautelar tendrá vigencia por el plazo de 90 días y bajo apercibimiento de que ante su incumplimiento se ordenará su inmediata detención, lo que podría configurar el delito de desobediencia judicial, resolvió el magistrado. (APFDigital)

APF Esta nota se publicó originalmente en el medio.
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