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Provinciales
El dia La Plata 28/04/2026 03:47 2 min de lectura

Otro fuerte reclamo de los jueces jubilados

El Foro de Jueces y Funcionarios Judiciales lanzó otra dura advertencia contra la Suprema Corte de Justicia Bonaerense (SCBA), acusándola de util...

Otro fuerte reclamo de los jueces jubilados
Foto: El dia La Plata

El Foro de Jueces y Funcionarios Judiciales lanzó otra dura advertencia contra la Suprema Corte de Justicia Bonaerense (SCBA), acusándola de utilizar a los jubilados como la variable de ajuste de las cuentas provinciales.

El detonante es la reciente Acordada 4225, una normativa que profundiza un sistema de adicionales salariales que, según los denunciantes, tiene un objetivo oculto: aumentar los ingresos de los magistrados en actividad sin trasladar un solo peso al sector pasivo.

La Acordada 4225, dictada el pasado 23 de abril, establece un esquema de subcategorías (denominadas con letras de la E a la A-1) que otorga beneficios económicos según la antigüedad.

Los agentes con 5 años de servicio ingresan a la Letra E. Quienes superan los 30 años de trayectoria acceden a la Letra A-1.

Sin embargo, la polémica radica en que la Corte condiciona el cobro de estos adicionales a la realización de un ciclo académico y régimen de capacitación. Para el Foro de Jubilados, este requisito es una trampa legal. Al ser una contraprestación que solo pueden cumplir quienes están en funciones,los jubilados quedan automáticamente excluidos, rompiendo el principio de movilidad jubilatoria (Ley 7.918) que exige que el haber pasivo acompañe siempre al sueldo del activo.

En sus considerandos, la Suprema Corte justifica la medida en la necesidad de reconocer la trayectoria y equilibrar la estructura salarial bonaerense, hoy fuertemente rezagada frente a la Ciudad de Buenos Aires y el Fuero Federal. Desde el Foro de Jubilados coinciden en que los sueldos están bajos, y disparan: La única razón por la cual se instituyó el sistema de formación fue para no trasladar a los jubilados los sobresueldos allí reconocidos, incorporando una condición de imposible cumplimiento para el sector pasivo.

El comunicado de los magistrados jubilados califica la medida como manifiestamente ilegal, inconstitucional e inconvencional, alegando que viola el derecho de propiedad y tratados internacionales de protección a las personas mayores.

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