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Provinciales
Diario Rio Uruguay 21/04/2026 16:10 2 min de lectura

Los docentes privados también van paro y marchan este jueves

La Seccional Entre Ríos del Sindicato Argentino de Docentes Privados informó que se adherirá al paro de 24 horas y movilización de este jueves 23 de abril.

Los docentes privados también van paro y marchan este jueves
Foto: Diario Rio Uruguay

Desde nuestra organización exigimos de manera urgente que el Gobierno Provincial convoque a los gremios para discutir los lineamientos de una reforma cuyo proyecto formal es, al día de hoy, inexistente, sostuvieron los docentes privados.

Resulta imperativo que cualquier debate que afecte el futuro de las y los trabajadores se dé en un marco de transparencia y diálogo genuino con sus representantes legítimos, señalaron.

En este mismo sentido, reclamamos la continuidad inmediata de la negociación salarial; entendemos que la recomposición de los haberes es la única vía para proteger el poder adquisitivo docente y constituye el pilar fundamental para garantizar los aportes que aseguran la sostenibilidad y solvencia de la Caja De Jubilaciones y Pensiones de la provincia, sostuvieron desde Sadop.

En este marco, ratificaron su defensa irrestricta de la Ley 8732 y el principio del 82% móvil como conquistas irrenunciables. Bajo el precepto constitucional de equidad, sostenemos que la estabilidad del sistema debe garantizarse mediante el aporte de los sectores con mayor capacidad contributiva, evitando retrocesos que perjudiquen a activos y jubilados.

Nos movilizamos en unidad para asegurar que no se avance sobre derechos conquistados a espaldas de las y los trabajadores entrerrianos, enfatizaron.

Consideraciones legales sobre la medida de fuerza

Sadop Entre Ríos asume el compromiso de llevar adelante la presente medida de fuerza en virtud de la medida cautelar dispuesta en autos Expte. : CNT- 10308/2026 Autos: confederación general del trabajo de la república argentina c/estado nacional s/acción declarativa que suspendió con fecha 30/3/2026 la aplicación la Ley 27802 en lo que atañe a la modificación del procedimiento para la conciliación obligatoria, la huelga y demás artículos concordantes hasta tanto se decida sobre el fondo de la cuestión planteada.

En este marco, se ratifica que la medida de fuerza implica el ejercicio de las facultades y derechos de raigambre constitucional (art. 14 bis y 75 inc. 22, Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Pacto Internacional de Derechos civiles y políticos, Convenio N° 87 OIT).

Fuente: APF Digital.

Diario Rio Uruguay Esta nota se publicó originalmente en el medio.
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