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Ahora 17/04/2026 19:28 2 min de lectura

El gobierno presentó otro recurso para suspender la Ley de Financiamiento Universitario - AHORA Entre Ríos

Busca cuestionar el cautelar que ordena enviarle fondos a las casas de estudio. Docentes y no docentes ya perdieron 50% de poder adquisitivo en la era Milei

El gobierno presentó otro recurso para suspender la Ley de Financiamiento Universitario - AHORA Entre Ríos
Foto: Ahora

La Procuración del Tesoro de la Nación, liderada por Sebastián Amerio, presentó un Recurso Extraordinario Federal a la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal para suspender la aplicación de los artículos 5 y 6 de la Ley de Financiamiento Universitario.

La presentación cuestiona la sentencia de la Cámara que confirmó la medida cautelar que ordenó la aplicación de los artículos 5 y 6 de la Ley N° 27.795 y la inaplicabilidad del artículo 1 del Decreto N° 759/2025, relacionados con el financiamiento y recomposición salarial universitaria. Ante esto, presentaron el Recurso con efecto suspensivo para no tener que comenzar a pagar los fondos de las universidades: en rigor, el plazo límite era hasta las 9.30 horas del día de la fecha, por lo que ya se encuentra en vigor la obligatoriedad de las transferencias.

El Poder Ejecutivo Nacional argumentó que la intervención de la Corte resulta necesaria por la existencia de una cuestión federal y que la medida cautelar concedida resulta equiparable a una sentencia definitiva, pues provoca un grave e irreparable perjuicio al Estado al ordenar gastos sin financiamiento específico, lo que podría comprometer el equilibrio fiscal y la sostenibilidad de las funciones estatales.

Si bien la norma fue ratificada dos veces en el Congreso (tanto por la sanción como por el posterior volteo del veto que realizó el presidente Javier Milei), en el Gobierno marcan que el estado actual sigue de imposible aplicación porque no prevé una fuente de financiamiento.

Es por eso que reiteran que la ley cuestionada (27.795) no estableció fuentes de financiamiento claras y que, conforme a las leyes presupuestarias (Ley 24.629, Ley 24.156 y Ley de presupuesto 27.798), la ejecución de gastos requiere previsión y partidas específicas aprobadas por el Congreso

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