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Provinciales
La Pirámide 10/04/2026 22:46 2 min de lectura

El juez federal ordenó producir prueba anticipada en la demanda por la planta de combustibles sintéticos frente a Colón

El Juzgado Federal de Concepción del Uruguay se declaró competente y dispuso medidas de prueba anticipada en la causa iniciada por legisladores contra el Estado uruguayo y la empresa HIF Uruguay S.A. por la instalación de la planta en Paysandú.

El juez federal ordenó producir prueba anticipada en la demanda por la planta de combustibles sintéticos frente a Colón
Foto: La Pirámide

El juez federal ordenó producir prueba anticipada en la demanda por la planta de combustibles sintéticos frente a Colón

El Juzgado Federal de Concepción del Uruguay resolvió hacer lugar al pedido de producción de prueba anticipada en la demanda presentada por los diputados nacionales Guillermo Michel y Laura Marianela Marclay, junto al senador nacional Adán Bahl, contra la República Oriental del Uruguay y la empresa HIF Uruguay S.A., por la instalación de una planta de combustibles sintéticos frente a la ciudad de Colón.

Según la resolución judicial del 10 de abril de 2026, el tribunal se declaró competente para intervenir en la causa y consideró razonable el planteo de los actores, al tratarse de una acción preventiva de daño ambiental que podría afectar al río Uruguay.

En ese marco, el juez ordenó la producción de prueba anticipada al entender que, por la naturaleza ambiental del caso, la obtención de ciertos elementos probatorios podría resultar difícil o imposible en el período ordinario de prueba. La medida busca resguardar evidencia y garantizar la prevención de posibles daños.

Entre las decisiones adoptadas, se dispuso solicitar informes a la Dirección Nacional de Calidad y Evaluación Ambiental (DINACEA) del Ministerio de Ambiente de Uruguay para que informe la fecha de presentación de la solicitud de autorización ambiental previa de la empresa HIF Uruguay S.A., remita copia certificada de la documentación presentada y el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto de planta de e-combustibles en Paysandú.

El magistrado fundamentó su decisión en la Ley General del Ambiente, el artículo 41 de la Constitución Nacional y el principio de prevención ambiental, señalando que los jueces deben adoptar medidas rápidas y eficaces para evitar la posible afectación de derechos fundamentales y del ambiente.

De esta manera, la causa avanza en su etapa inicial con la recolección de información clave para evaluar el impacto del proyecto industrial y determinar si existen riesgos ambientales para la región del río Uruguay.

La Pirámide Esta nota se publicó originalmente en el medio.
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