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El dia La Plata 10/04/2026 04:43 2 min de lectura

Le dieron más plazo a demandantes para apelar en la causa por YPF

La Cámara de Apelaciones de Nueva York concedió el pedido de los demandantes del caso YPF -financiados por el fondo Burford- de ampliar hasta el ...

Le dieron más plazo a demandantes para apelar en la causa por YPF
Foto: El dia La Plata

La Cámara de Apelaciones de Nueva York concedió el pedido de los demandantes del caso YPF -financiados por el fondo Burford- de ampliar hasta el 5 de mayo el plazo para solicitar que un plenario de todos los jueces de Cámara revisen el fallo que benefició a la Argentina y suspendió la condena que obligaba al país a pagar U$S16.100 millones.

El plazo original vencía el 10 de abril y las sociedades Petersen Energía Inversora y Petersen Energía, pidieron extenderlo por 28 días. En ese tiempo, prepararán una solicitud de rehearing o de rehearing en banc, es decir, una revisión del fallo por parte de todos los jueces de la Cámara.

Para argumentar el pedido de prórroga, los demandantes hicieron referencia a cuestiones de agenda del abogado principal del caso, Paul Clement. Según indicaron, el letrado tiene obligaciones profesionales y personales en las próximas semanas que le dificultarían preparar una presentación adecuada dentro del plazo actual.

Por ello, sostuvieron que una extensión de esta magnitud permitiría exponer de manera completa los argumentos relevantes para la consideración del tribunal.

El pedido se inscribe en la estrategia de los demandantes para intentar revertir el fallo de la Corte de Apelaciones de nueva York, que el 27 de marzo dejó sin efecto la sentencia de primera instancia favorable a los demandantes y confirmó la posición de la Argentina y de YPF.

Entre las alternativas que los beneficiarios del fallo en primera instancia evalúan, la solicitud de una audiencia en banc aparece como el primer recurso posible. Se trata de un mecanismo excepcional en el sistema judicial estadounidense, mediante el cual todos los jueces de la Cámara revisan el fallo de un panel reducido. Sin embargo, este tipo de instancias se concede en situaciones muy acotadas: cuando existe una contradicción con precedentes del propio tribunal o cuando el caso presenta una cuestión de relevancia extraordinaria.

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