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Nogoyatimes 08/04/2026 22:23 1 min de lectura

Agmer inició una acción de inconstitucionalidad por sumas no remunerativas en el aumento a docentes - Nogoyá Times

AGMER presentó una demanda de inconstitucionalidad contra el Decreto 500/26 del Ejecutivo Provincial, por la inclusión de montos en negro en el marco de la mejora salarial otorgada a docentes. La Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agm

Agmer inició una acción de inconstitucionalidad por sumas no remunerativas en el aumento a docentes - Nogoyá Times
Foto: Nogoyatimes

AGMER presentó una demanda de inconstitucionalidad contra el Decreto 500/26 del Ejecutivo Provincial, por la inclusión de montos en negro en el marco de la mejora salarial otorgada a docentes.La Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer) presentó este martes una demanda de inconstitucionalidad contra el decreto del Ejecutivo Provincial que fijó un aumento salarial para el sector docente.

La presentación ante el Poder Judicial de la Provincia se realizó con el objeto de que se declare la inconstitucionalidad del decreto 500/26 del Poder Ejecutivo Provincial en cuanto al carácter no remunerativo de las sumas que dispuso incrementar en concepto de Fopid y Conectividad.

Además, se demanda el envío de los fondos que corresponden a OSER y Caja de Jubilaciones en concepto de aportes patronales, como así también se abone a los trabajadores pasivos los montos proporcionales que corresponden por movilidad (82%) de los rubros salariales Fopid y CPC (conectividad).

Vale recordar que a través del decreto 500/26 -y luego de que su propuesta salarial fuera rechazada por todos los sindicatos docentes en negociaciones paritarias-, el gobierno provincial fijó de manera unilateral un aumento que incluyó montos en negro para trabajadores activos y jubilados.

El gremio docente expresó su rechazo al decreto del gobierno -que además está muy lejos de dar una respuesta a la necesidad de recomposición salarial de la docencia- y advirtió que la inclusión de montos en negro es una ilegalidad por contradecir lo establecido por la Constitución provincial. Fuente: El Once

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