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Entreriosya 31/03/2026 13:38 2 min de lectura

Otro golpe a Milei: la justicia ratifica que el Gobierno debe cumplir con la ley de financiamiento universitario

Noticias de Entre Ríos - Otro golpe a Milei: la justicia ratifica que el Gobierno debe cumplir con la ley de financiamiento universitario

Otro golpe a Milei: la justicia ratifica que el Gobierno debe cumplir con la ley de financiamiento universitario
Foto: Entreriosya

La Cámara Contencioso Administrativo Federal ratificó que el Gobierno nacional debe cumplir con la Ley de Financiamiento Universitario y actualizar los salarios docentes, las becas y los programas de investigación.

El tribunal integrado por Sergio Fernández y Jorge Morán hizo lugar a la demanda iniciada por el Consejo Interuniversitario Nacional y varias universidades, y recordó que no debe perderse de vista que el Congreso de la Nación aprobó la ley 27.795, la cual, además, fue confirmada por dos tercios de los votos, luego de la observación total por el Poder Ejecutivo. Al promulgar la norma, el Poder Ejecutivo suspendió su vigencia con sustento en otra ley del Congreso de la Nación.

Pese a haber sido promulgada, el Gobierno resolvió suspender su ejecución mediante un decreto, bajo el argumento de que era necesario definir previamente las fuentes de financiamiento en el presupuesto.

Pero, profundizaron los camaristas, ¿podría el Poder Ejecutivo sostener que la aplicación de una ley del Congreso se encuentra suspendida con sustento en otra ley anterior del propio Congreso?.

Para los jueces la respuesta es negativa, ya que la Ley de Administración Financiera y Sistemas de Control para el Sector Público Nacional no se diferencia por su jerarquía normativa del resto de las que dicta el Congreso de la Nación.

Tras analizar las pruebas ofrecidas, la Cámara confirmó que el juez de grado resaltó que no se observaba una afectación al interés público, sino que, por el contrario, la falta de cumplimiento de la ley afectaba el derecho a enseñar y aprender.

Por su parte, el Poder Ejecutivo no hizo más que reconocer la existencia y vigencia de una norma legal que dispone la referida pausa y que, como tal, debe ser respetada en virtud del principio de juridicidad, aseguraron los jueces.

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