El Gobierno nacional extendió el plazo para el acuerdo de compensación de deudas con provincias
El Gobierno nacional extendió el plazo para el acuerdo de compensación de deudas con provincias
Este mecanismo, denominado Régimen de Extinción de Obligaciones Recíprocas, permite que las partes acuerden compensaciones, conciliaciones, transacciones, reconocimientos, remisiones y toda otra operación que tienda a la determinación y cancelación de las deudas recíprocas.
La disposición fue formalizada este miércoles a través del Decreto 171/2026, publicado este miércoles en el Boletín Oficial.
La norma modifica artículos del Decreto 969/2024, que dio origen a este sistema de ordenamiento fiscal, para otorgar mayores facilidades de adhesión.
Según establece el nuevo texto, aquellas jurisdicciones que aún no se hayan sumado a la iniciativa cuentan con un plazo de 60 días hábiles administrativos para manifestar su voluntad de participar ante la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía.
Este periodo podrá ser ampliado por única vez por la autoridad de aplicación.
Para las provincias ya adheridas o las que se incorporen en este nuevo tramo, el decreto extiende hasta el 31 de diciembre de 2027, inclusive el tiempo límite para presentar la documentación que acredite la legitimidad de las obligaciones.
Este proceso requiere la elaboración de informes técnicos sobre la verosimilitud y cuantificación de los montos propuestos para el canje. Además, en cuanto al procedimiento de validación, el decreto especifica que el Estado Nacional y las provincias son los encargados de fundamentar sus propias cifras.
El texto aclara que cada una de las partes será la responsable por las deudas y/o acreencias que ofrezca para negociar, consensuar y suscribir en cada acuerdo.
Si existieran diferencias entre los informes técnicos de Nación y las jurisdicciones, se abrirá una instancia de negociación de hasta 180 días hábiles administrativos.
Durante este tiempo, se buscará llegar a un consenso bajo principios de buena fe y lealtad federal.
Finalmente, la normativa limita la intervención de la Sindicatura General de la Nación (SIGEN) y de la Procuración del Tesoro de la Nación a casos específicos.
Su participación será necesaria únicamente cuando las obligaciones se encuentren sometidas a litigios judiciales y/o arbitrales y el Estado Nacional reconozca un crédito a su favor que esté en disputa judicial.__IP__
Las provincias que ya adhirieron son: Salta, Catamarca, Chubut, Misiones, La Pampa, Santa Cruz, Tucumán y Corrientes.
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