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El Argentino 20/03/2026 21:26 2 min de lectura

El fiscal Eduardo Taiano defendió su accionar en la causa bajo sumario administrativo

El funcionario federal aclaró que las demoras en la investigación se debieron al sumario dictado por el procurador Eduardo Casal

El fiscal Eduardo Taiano defendió su accionar en la causa bajo sumario administrativo
Foto: El Argentino

El titular de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N°8, Eduardo Taiano, salió este viernes a explicar las razones detrás de las demoras en el avance de la causa que subroga. Según indicó, el sumario administrativo dispuesto por el procurador general Eduardo Casal condicionó los tiempos de la investigación.

Taiano detalló que, tras el secuestro de dispositivos electrónicos, se encomendó su apertura y análisis a la Dirección General de Investigaciones y Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal (Datip). En ese marco, el 17 de noviembre de 2025 se emitió un informe preliminar que consignaba que el trabajo estaba en curso, sin conclusiones definitivas.

El informe final, con resultados rigurosos, fue elevado a la fiscalía el 13 de enero de 2026 y quedó disponible para las partes el 24 de febrero, antes de la difusión pública de documentación vinculada a la causa ocurrida el 6 de marzo.

Citación testimonial y filtración de documentos

La Fiscalía también aclaró que la citación de la periodista Natalia Volosin respondió a un pedido de una de las partes querellantes, motivado por la filtración de documentación privada de los imputados. Sin embargo, esa medida fue dejada sin efecto al conocerse que el procurador Casal había iniciado un sumario administrativo Res PER 171/2026 y promovido una investigación penal por la irregularidad. La denuncia quedó radicada en el Juzgado Criminal y Correccional Federal N°10, Secretaría N°20 (causa N° 1007/2026).

En su comunicado, Taiano subrayó que las precisiones buscan llevar claridad respecto de lo acontecido, al tiempo que reafirmó su compromiso con el avance de la investigación, el respeto de las garantías procesales y la adecuada preservación de la información sensible, en resguardo de la eficacia del proceso.

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