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Reporte2820 06/03/2026 02:19 1 min de lectura

Ordenan a OSER proveer de audífonos a un afiliado con hipoacusia derivada de un infarto cerebral

El Juzgado del Trabajo Nº 3 de Concordia hizo lugar a una acción de amparo presentada por la esposa de un afiliado de 65 años con discapacidad, y ordenó a OSER brindar en forma integral, gratuita y sin coseguro un equipamiento auditivo prescripto por

Ordenan a OSER proveer de audífonos a un afiliado con hipoacusia derivada de un infarto cerebral
Foto: Reporte2820

Ordenan a OSER proveer de audífonos a un afiliado con hipoacusia derivada de un infarto cerebral

La presentación judicial fue realizada por la mujer en representación de su esposo luego de asesorarse con el abogado Emmanuel Isidro Almirón, tras varios meses sin respuestas por parte de la obra social.

De acuerdo a lo expuesto en la demanda, el afiliado padece hipoacusia neurosensorial bilateral, además de trastornos del habla y del lenguaje derivados de un infarto cerebral, situación que motivó la indicación médica de un equipamiento bicanal retroauricular amplificador de entre 12 y 14 canales.

Según se detalló en el expediente, la documentación médica fue presentada ante la obra social en mayo de 2025, solicitando la cobertura total del dispositivo. Sin embargo, pese a reiterados reclamos y a una intimación formal mediante telegrama colacionado en febrero de 2026, la obra social no brindó una respuesta concreta. Frente a esa situación, la familia decidió iniciar la acción de amparo.

Durante el proceso, OSER sostuvo que el pedido se encontraba aprobado, pero la Justicia entendió que no existía constancia de que la prestación hubiera sido efectivamente otorgada ni comunicada al afiliado, por lo que consideró que existió una omisión ilegítima en la cobertura.

En la sentencia, el tribunal recordó que el derecho a la salud tiene rango constitucional y que las obras sociales deben garantizar la cobertura integral de las prestaciones necesarias para personas con discapacidad.

Finalmente, el fallo ordenó a OSER proveer el equipamiento auditivo en un plazo máximo de tres días, con cobertura del 100% y sin ningún tipo de coseguro, debiendo asumir la totalidad del costo de la prestación.

Fuente: Concordia Policiales

Reporte2820 Esta nota se publicó originalmente en el medio.
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