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Provinciales
AnalisisDigital 25/02/2026 15:14 1 min de lectura

La Corte Suprema definirá la competencia judicial en el conflicto derivado de la nueva concesión de transporte | Análisis

El titular del Juzgado Nacional del Trabajo N° 7 decidió mantener su competencia en el amparo de la UTA contra Transporte San José. El proceso quedó suspendido hasta que el máximo tribunal resuelva la disputa territorial.

La Corte Suprema definirá la competencia judicial en el conflicto derivado de la nueva concesión de transporte | Análisis
Foto: AnalisisDigital

En una nueva derivación del conflicto del transporte de Paraná, este miércoles el Juzgado Nacional de 1° Instancia del Trabajo Nro. 7 con sede en Buenos Aires ratificó su competencia en la acción de amparo iniciada por la Unión Tranviarios Automotor (UTA) contra la empresa Transporte San José S.A. UTE. El caso queda en manos de los jueces de la Corte y, mientras tanto, se suspende la cautelar que obligaba a la firma a tomar a los empleados de Buses Paraná -anterior concesión-.

La resolución se da en respuesta a una inhibitoria solicitada por la Cámara Tercera de Apelaciones del Trabajo, Sala II, de la ciudad de Paraná. El tribunal entrerriano había reclamado que la causa se tramite en la provincia, pero el magistrado nacional decidió mantener el caso bajo su órbita por cuestiones de materia y jurisdicción.

Para sostener su postura, el juez porteño argumentó que la Sala IX de la Cámara ya había desestimado el pasado 13 de febrero las objeciones de competencia planteadas por la propia empresa de transportes. Además, subrayó la naturaleza y alcance colectivo del conflicto como fundamento clave para no apartarse de la causa, publicó Ahora.

Ante esta contienda judicial entre tribunales de distintas jurisdicciones, el magistrado resolvió elevar las actuaciones a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que dirima definitivamente qué fuero debe intervenir. Mientras se espera la resolución del máximo tribunal, se ordenó la suspensión temporal del procedimiento, es decir, queda momentáneamente sin efecto la cautelar.

AnalisisDigital Esta nota se publicó originalmente en el medio.
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