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Valor Local 23/02/2026 09:44 2 min de lectura

ARCA amplió el alcance de la factura electrónica - VALOR LOCAL

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) redefinió el alcance del régimen de comprobantes digitales y sumó

ARCA amplió el alcance de la factura electrónica - VALOR LOCAL
Foto: Valor Local

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) redefinió el alcance del régimen de comprobantes digitales y sumó nuevos sujetos obligados a partir del segundo semestre del año. Desde el 1° de julio de 2026, determinados directivos societarios y profesionales vinculados a expedientes judiciales deberán emitir factura electrónica por sus honorarios, incluso en casos de baja frecuencia operativa.

La medida quedó formalizada en la Resolución General 5824/2026 y se integra a los ajustes en los esquemas simplificados de IVA y Ganancias. La obligación rige para ingresos percibidos desde el 1° de julio de 2026 y no impactará en la declaración del período fiscal 2025.

- MODIFICACIONES

El cambio amplía el universo alcanzado y elimina prácticas informales que persistían en ciertas actividades:

DIRECTORES DE SOCIEDADES Y SOCIOS GERENTES DEBERÁN FACTURAR

Quedarán obligados a emitir comprobantes electrónicos los Directores de Sociedades Anónimas (SA) y los socios gerentes de Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL) por los honorarios derivados de esas funciones.

Hasta ahora, en muchos casos, estos ingresos no requerían facturación sistemática.

La normativa exige además regularizar la situación impositiva. Deberán inscribirse formalmente ante el organismo y habilitar el punto de venta electrónico, aun cuando registren pocas operaciones anuales.

HONORARIOS JUDICIALES BAJO CONTROL ELECTRÓNICO

La resolución también incorpora a profesionales que intervienen en procesos judiciales.

Abogados, peritos y auxiliares de la Justicia que perciban honorarios regulados en expedientes deberán emitir factura electrónica por cada importe cobrado, sin excepciones por modalidad de pago.

El organismo busca que esos ingresos queden plenamente identificados en el sistema. La registración permitirá que los montos se integren en las declaraciones impositivas automáticas, lo que facilitará cruces de información y controles fiscales posteriores.

NUEVOS REQUISITOS EN FACTURAS A CONSUMIDOR FINAL

Cuando el comprador pretenda computar la factura como deducción en el Impuesto a las Ganancias, será obligatorio consignar CUIT o CUIL en el comprobante, lo que refuerza la trazabilidad.

Se fijó un umbral específico para identificar al adquirente.

En operaciones superiores a $10.000.000 será obligatorio detallar los datos identificatorios del cliente, sin posibilidad de emitir comprobantes anónimos por encima de ese monto.

ELIMINACIÓN DE DISPENSAS Y AMPLIACIÓN SECTORIAL

Quedarán alcanzados por la obligación de facturación electrónica:

Colegios privados, empresas de medicina prepaga y entidades civiles que perciban pagos directos de usuarios o afiliados, ampliando el control sobre servicios educativos y de salud. (Fuente: Ámbito)

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