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El Once Digital 22/02/2026 22:05 3 min de lectura

Le prohibieron la entrada a un casino a un padre que incumplía la cuota alimentaria

Prohíben el ingreso al casino a un padre en Bariloche por deuda alimentaria; la medida rige hasta que regularice el pago de la cuota de sus hijos.

Le prohibieron la entrada a un casino a un padre que incumplía la cuota alimentaria
Foto: El Once Digital

Le prohibieron la entrada a un casino a un padre que incumplía la cuota alimentaria

Un padre no podrá ingresar al casino de San Carlos de Bariloche por decisión judicial, tras comprobarse que frecuentaba el lugar mientras incumplía con la cuota alimentaria de sus hijos.

22 de Febrero de 2026

Un padre no podrá ingresar al casino de San Carlos de Bariloche por decisión judicial, tras comprobarse que frecuentaba el lugar mientras incumplía con la cuota alimentaria de sus hijos.

Un fallo sin precedentes en San Carlos de Bariloche dispuso la prohibición de ingreso al casino local para un hombre que mantiene una deuda por cuota alimentaria. La medida fue adoptada luego de que la Justicia confirmara que el padre asistía de manera habitual al establecimiento de juegos de azar mientras incumplía el acuerdo económico destinado a sus hijos.

Según informó el Ministerio Público Fiscal de la Defensa de San Carlos de Bariloche, el caso se inició cuando la Defensa Pública de Derechos de Familia presentó registros que acreditaban el ingreso frecuente del hombre al casino. La madre de los menores aportó pruebas que evidenciaban la situación, lo que permitió avanzar con la medida judicial.

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La magistrada interviniente sostuvo que la cuestión alimentaria es uno de los derechos humanos básicos y remarcó que cuando están involucrados niños, niñas y adolescentes el ordenamiento jurídico argentino prevé una protección reforzada por su situación de vulnerabilidad.

Una herramienta prevista en el Código Civil

Desde el Ministerio Público Fiscal de la Defensa señalaron que el Código Civil y Comercial de la Nación otorga a los jueces distintas herramientas para garantizar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias. En particular, el artículo 553 habilita la adopción de medidas razonables para asegurar que las sentencias que fijan alimentos se cumplan de manera efectiva.

En este caso, la prohibición de ingreso al casino se mantendrá vigente hasta que el padre regularice en su totalidad la deuda alimentaria. La resolución también deja abierta la posibilidad de adoptar nuevas medidas si persiste el incumplimiento.

El fallo subraya que el objetivo central es priorizar el interés superior de los menores y garantizar que sus necesidades básicas estén cubiertas, reafirmando que el derecho a la alimentación constituye un pilar fundamental para su desarrollo integral.

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