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2 Florines 13/02/2026 13:17 1 min de lectura

La CNV flexibilizó el régimen de los Valores Negociables de Emisión Individual - Dos Florines

Desde la entidad destacaron que la medida "amplía la posibilidad de actuación de determinados participantes, delimita con mayor claridad los roles dentro del mercado y contribuye a un esquema más ordenado". Ver la resolución, en esta nota.

La CNV flexibilizó el régimen de los Valores Negociables de Emisión Individual - Dos Florines
Foto: 2 Florines

La CNV flexibilizó el régimen de los Valores Negociables de Emisión Individual

13/02/2026

Desde la entidad destacaron que la medida amplía la posibilidad de actuación de determinados participantes, delimita con mayor claridad los roles dentro del mercado y contribuye a un esquema más ordenado. Ver la resolución, en esta nota.

La Comisión Nacional de Valores (CNV) informó que, mediante la aprobación de la Resolución General N° 1107, se introducen modificaciones en materia de emisión y negociación de Valores Negociables de Emisión Individual (VNEI), con el objeto de precisar el marco operativo aplicable a estos instrumentos.

Con esta Resolución General se incorporan nuevas excepciones a la normativa vigente, que establece que los Agentes no podrán revestir el carácter de emisores o libradores de VNEI, salvo en los supuestos expresamente previstos.

La nueva normativa exceptúa a los Agentes inscriptos bajo las categorías de ALyC Participante Directo, ALyC Integral Agroindustrial, AN RUCA y a los ALyC que revistan el carácter de entidad financiera en los términos de la Ley de Entidades Financieras.

Asimismo, la excepción resultará aplicable cuando se trate de Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs o de VNEI que se negocien en el segmento avalado.

La medida amplía la posibilidad de actuación de determinados participantes, delimita con mayor claridad los roles dentro del mercado y contribuye a un esquema más ordenado y transparente en la emisión y negociación de estos instrumentos, destacaron.

Finalmente, se dispone que los Agentes de Colocación, Registro y Pago (ACRyP) adecuen sus sistemas para la implementación del régimen establecido antes del 6 de abril de 2026.

Ver resolución: RG N°1107

2 Florines Esta nota se publicó originalmente en el medio.
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