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TN 10/02/2026 09:32 2 min de lectura

Ley de Inocencia Fiscal: los intereses de los depósitos en dólares no estarán alcanzados por Ganancias

El organismo aclaró que los intereses generados por depósitos en moneda extranjera no se encontrarán sujetos a retenciones por el gravamen.

Ley de Inocencia Fiscal: los intereses de los depósitos en dólares no estarán alcanzados por Ganancias
Foto: TN

Luego de reglamentar el régimen de inocencia fiscal, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso que los intereses generados por los depósitos en dólares quedarán exentos de la retención del Impuesto a las Ganancias.

La medida quedó formalizada a través de la publicación de la resolución 5822, publicada este martes en el Boletín Oficial.

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Ahora, los contribuyentes que adhieran al nuevo régimen e introduzcan sus fondos en el sistema financiero tendrán garantizado que el Estado no les aplicará retenciones por los intereses generados en esas inversiones.

De esta forma, el organismo recaudador actualizó el marco reglamentario vigente con el fin de fomentar la incorporación de activos al circuito formal de la economía, como instrumento idóneo para asegurar su identificación, trazabilidad y verificación.

La medida se inscribe en una estrategia orientada a restaurar la confianza en el sistema institucional, estabilizar las variables macroeconómicas y fomentar la formalización de la actividad productiva, justificaron desde ARCA.

Se puso en marcha la ley de Inocencia Fiscal: las principales claves

Este lunes, el Gobierno reglamentó el Régimen Penal Tributario y del Procedimiento Tributario, conocido como inocencia fiscal, que busca incentivar el uso de los dólares del colchón.

El nuevo régimen actualiza los montos que determinan los delitos fiscales. El piso para la evasión simple sube de $1,5 millones a $100 millones, y para la evasión agravada de $15 millones a $1000 millones.

También se incorpora un mecanismo que permite extinguir la acción penal si el contribuyente cancela la deuda e intereses antes de que se formule la denuncia.

Por su parte, se creó un Régimen de Declaración Jurada Simplificada del Impuesto a las Ganancias para personas físicas con ingresos de hasta $1000 millones anuales y patrimonios menores a $10.000 millones.

En este esquema, el impuesto se calculará sobre la facturación y no sobre la evolución patrimonial, y la declaración será confeccionada por el propio organismo recaudador con base en la información disponible. Quienes paguen en término quedarán liberados de otras obligaciones formales, salvo errores graves.

TN Esta nota se publicó originalmente en el medio.
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