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El Dia 30/01/2026 03:34 4 min de lectura

Rechazan suspender el DNU que habilita a la SIDE a detener personas

Un juez de Paraná desestimó un hábeas corpus preventivo presentado contra el decreto de Milei

Rechazan suspender el DNU que habilita a la SIDE a detener personas
Foto: El Dia

Un juez de Paraná desestimó un hábeas corpus preventivo presentado contra el decreto de Milei

El juez federal de Paraná, Daniel Alonso, rechazó un recurso judicial que buscaba suspender el decreto de necesidad y urgencia (DNU) firmado por el presidente Javier Milei, que reconfigura la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE), amplía sus atribuciones y le otorga facultades para aprehender personas sin orden judicial.

Tras el fallo, el magistrado elevó automáticamente el expediente a la Cámara Federal de Paraná, que deberá revisar la decisión en un plazo de 24 horas, tal como establece la normativa vigente.

Se trata del primer juez federal que rechaza una presentación contra el DNU desde su entrada en vigencia.

El hábeas corpus preventivo había sido presentado por los abogados Rubén Alberto Pagliotto, Raymundo Arturo Kisser y Armando Rafael Aquino Britos. Pagliotto y Kisser están vinculados al radicalismo, mientras que Aquino Britos es un académico.

Los impulsores del recurso adelantaron que apelarán la decisión. Sostuvieron que el hecho mismo de que el DNU habilite la detención por agentes de inteligencia sin orden judicial constituye un peligro concreto, real y potencial.

En su resolución, Alonso consideró que no se cumplen los requisitos para la procedencia de un hábeas corpus preventivo. Señaló que no se infiere ni siquiera de manera indiciaria la existencia de limitación o amenaza actual de la libertad ambulatoria, ni un atentado a la libertad decidido y en próxima vía de ejecución, ni vulneración de garantía constitucional alguna.

El magistrado agregó que en la presentación no se acredita la existencia de un peligro cierto, concreto e inminente, tal como exige la jurisprudencia de la Corte Suprema. Por ese motivo, calificó la acción como notoriamente inconducente y la rechazó in limine, es decir, sin más trámite y con imposición de costas.

El decreto cuestionado fue firmado el 31 de diciembre, una vez concluido el período de sesiones extraordinarias del Congreso. La norma reorganiza el sistema de inteligencia nacional y amplía las facultades operativas de la SIDE.

Uno de los puntos más controvertidos del DNU habilita al personal de inteligencia a realizar aprehensiones de personas en el marco de sus tareas, sin necesidad de contar previamente con una orden judicial.

Tras la publicación del decreto, se presentaron numerosos amparos en distintos juzgados del país. Sin embargo, hasta el momento ninguno había sido habilitado para su tratamiento durante la feria judicial, que queda reservada para casos considerados urgentes. Alonso dispuso habilitar la feria para analizar esta presentación, aunque finalmente la rechazó.

Daniel Alonso es un juez federal de Paraná que ha protagonizado fallos controvertidos en los últimos años. En abril de 2022, abrió su juzgado un domingo para dictar una resolución que anulaba una decisión de la Corte Suprema sobre la integración del Consejo de la Magistratura.

Aquel fallo, que favorecía al peronismo, motivó una denuncia disciplinaria impulsada por la propia Corte Suprema. El máximo tribunal calificó entonces la actuación del juez como un alzamiento flagrante y directo contra un pronunciamiento firme y sostuvo que Alonso actuó con notoria ignorancia del derecho vigente y de los precedentes del cuerpo.

Si bien las denuncias fueron finalmente archivadas por el Consejo de la Magistratura en octubre del año pasado, el episodio generó fuertes cuestionamientos institucionales. Además, legisladores de la Coalición Cívica promovieron una denuncia penal en su contra por presuntos delitos de sedición, prevaricato y abuso de autoridad, que también fue desestimada por inexistencia de delito.

Actualmente, el pliego de Alonso para ascender a camarista permanece en el Poder Ejecutivo.

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