Emergencia del gas hasta 2027 y tope al precio del GNL
El Gobierno nacional prorrogó la emergencia en transporte y distribución de gas natural y fijó un límite al precio del gas natural licuado regasificado para los inviernos de 2026 y 2027. La medida busca garantizar el abastecimiento en picos de demanda mientras avanzan las obras de infraestructura.
El Poder Ejecutivo Nacional extendió la emergencia del sector energético en los segmentos de transporte y distribución de gas natural hasta el 31 de diciembre de 2027. La decisión quedó establecida mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia 49/2026, firmado el 26 de enero, y se fundamenta en que las obras para ampliar la capacidad de transporte recién entrarían en operación hacia el invierno de 2027.
El decreto sostiene que persisten limitaciones estructurales para trasladar mayores volúmenes de gas desde la Cuenca Neuquina hacia los principales centros de consumo, lo que obliga a mantener la importación de gas natural licuado como herramienta clave para garantizar el abastecimiento durante los meses de mayor demanda. En ese contexto, el texto oficial remarca que el GNL resulta crítico para cubrir el consumo residencial en el Área Metropolitana de Buenos Aires y el litoral, así como para sostener la generación eléctrica en jornadas de alta exigencia del sistema.
La norma también estableció un precio máximo para la venta en el mercado interno del gas proveniente de la regasificación del GNL importado durante los inviernos de 2026 y 2027. Ese valor deberá tomar como referencia un marcador internacional que definirá la secretaría de Energía, al que se le sumará un adicional en dólares por millón de BTU destinado a cubrir costos logísticos, como flete marítimo, regasificación, almacenaje, comercialización y transporte hasta el punto de entrega en Los Cardales, provincia de Buenos Aires.
El decreto advierte además que actualmente solo se encuentra operativa la terminal de regasificación ubicada en Escobar, lo que obliga a una coordinación estricta para organizar la llegada de buques y reducir riesgos operativos y ambientales. En ese marco, plantea la necesidad de ordenar la operatoria para asegurar previsibilidad en el suministro.
Otro de los ejes de la medida es el cambio en el esquema de comercialización. La secretaría de Energía deberá llevar adelante un procedimiento competitivo para seleccionar a un comercializador privado que se encargue de la importación de GNL utilizando la capacidad disponible de regasificación. El objetivo declarado es reemplazar la comercialización estatal por un esquema privado, aunque bajo control del Estado y del Ente Nacional Regulador del Gas.
El propio decreto contempla que, si ese procedimiento no logra concretarse, Energía Argentina S.A. quedará habilitada para asumir directamente la importación del GNL, su regasificación y la venta en el mercado interno, a fin de no comprometer el abastecimiento durante los períodos críticos de consumo.