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El Dia 10/01/2026 05:56 2 min de lectura

Descuentos y bonificaciones para los contribuyentes cumplidores

La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) informó los beneficios y descuentos que regirán durante el ejercicio fisc...

Descuentos y bonificaciones para los contribuyentes cumplidores
Foto: El Dia

La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) informó los beneficios y descuentos que regirán durante el ejercicio fiscal 2026 para los impuestos patrimoniales, con el objetivo de reconocer y premiar el cumplimiento en tiempo y forma de las obligaciones tributarias. Según lo que decida cada contribuyente, las bonificaciones podrán alcanzar hasta el 15%.

Las medidas que anunció el organismo que conduce Cristian Girard, alcanzan al Impuesto Inmobiliario Urbano y Rural -en sus componentes Básico y Complementario-, al Impuesto a los Automotores y al Impuesto a las Embarcaciones Deportivas o de Recreación, y fueron establecidas de acuerdo con la normativa vigente para el próximo año fiscal.

Quienes opten por abonar de manera anticipada el monto total del Impuesto correspondiente a 2026, hasta la fecha de vencimiento de la primera cuota, accederán a un descuento del 15%. Para obtener este beneficio, no deberán registrar deudas exigibles de períodos no prescriptos vinculadas al bien alcanzado por el tributo.

Además, ARBA dispuso una bonificación del 10% en cada cuota para quienes mantengan una conducta fiscal responsable y sostenida, es decir, para las y los contribuyentes considerados de buen cumplimiento. Para tener esta condición, no se deberán registrar deudas exigibles de años anteriores no prescriptos sobre el bien, tener canceladas las cuotas vencidas del ejercicio 2026, y abonar antes cada cuota dentro del plazo de vencimiento establecido.

Este beneficio se aplicará con cualquier medio de pago, incluyendo débito automático en cuenta bancaria o tarjeta de crédito.

ARBA aclaró que los descuentos por pago anual anticipado y la bonificación por buen cumplimiento no son acumulables entre sí. Cada contribuyente, podrá acceder al beneficio que corresponda según la modalidad de pago elegida y su situación fiscal pero no podrá superar el 15% en todos los casos.

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