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Cadena Entrerriana 09/01/2026 21:47 2 min de lectura

Habilitan el funcionamiento de la Agencia de Desarrollo de Entre Ríos - Cadena Entrerriana 96.5MHz LRS 798

El Poder Ejecutivo provincial promulgó la Ley N° 11246, a través del Boletín Oficial Nº28.252, mediante la cual se dispone la creación de la Agencia de Desarrollo de la Provincia de Entre Ríos. La normativa establece la puesta en marcha de un ente qu

Habilitan el funcionamiento de la Agencia de Desarrollo de Entre Ríos - Cadena Entrerriana 96.5MHz LRS 798
Foto: Cadena Entrerriana

El Poder Ejecutivo provincial promulgó la Ley N° 11246, a través del Boletín Oficial Nº28.252, mediante la cual se dispone la creación de la Agencia de Desarrollo de la Provincia de Entre Ríos. La normativa establece la puesta en marcha de un ente que actuará con autonomía técnica y administrativa para gestionar las políticas de fomento económico de la provincia.

Naturaleza jurídica y autonomía

De acuerdo a la norma, el organismo se constituye como una entidad «descentralizada y autárquica del Poder Ejecutivo Provincial». En cuanto a su operatividad, se precisa que poseerá «autarquía funcional, administrativa, financiera y técnica, dotada de plena capacidad jurídica para actuar en los ámbitos públicos y privados, con patrimonio y presupuesto propio».

Esta condición le otorga facultades para la administración de recursos y la ejecución presupuestaria «sin más limitaciones que las establecidas expresamente por la presente ley y las leyes generales aplicables».

Objetivos y funciones asignadas

El marco legal define que el objetivo general es «promover el desarrollo económico y social de la Provincia de Entre Ríos mediante la promoción de exportaciones, atracción de inversiones y la simplificación regulatoria». El foco de estas acciones estará dirigido a fortalecer al sector privado, con especial énfasis en las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Mipymes).

Entre las funciones específicas detalladas en la ley faculta a la Agencia para:

«Diseñar e implementar estrategias para incrementar las exportaciones provinciales».

«Desarrollar programas y herramientas que simplifiquen los trámites regulatorios para las empresas».

«Diseñar estrategias sectoriales para las cadenas de valor clave de la provincia de Entre Ríos».

«Fomentar la digitalización transversal en la agenda productiva».

Estructura y control

La conducción estará a cargo de un Coordinador General, quien ejercerá la representación legal y debe acreditar experiencia en gestión pública o privada. Asimismo, establece la creación de un Consejo de Asesores conformado por «representantes de cámaras empresariales e instituciones vinculadas a la actividad económica», el cual funcionará como un órgano «consultivo de carácter no vinculante y ad-honorem».

En cuanto a la transparencia y fiscalización, se estipula que la Agencia deberá rendir cuentas mediante «informes anuales de actividades y resultados, así como informes periódicos técnicos trimestrales». La ley exige que dichos documentos sean públicos y se difundan a través de la web institucional del organismo.

Financiamiento

La Agencia se financiará a través de «asignaciones presupuestarias del Gobierno Provincial», además de donaciones, legados y recursos generados por sus propias actividades o servicios. El personal que integre el organismo quedará bajo el régimen de la Ley N° 9755 de Empleo Público de la Provincia. APF

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