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Miercoles Digital 09/01/2026 11:46 1 min de lectura

Caminos del Río Uruguay ya no está pero Vialidad Nacional volvió a multarla, esta vez por el acceso a Salto Grande - El Miércoles Digital

Mediante Resolución 15/2026, de fecha 7 de enero de 2026, Vialidad Nacional dispuso multar una vez más a la exconcesionaria del corredor vial de las Rutas 12 y 14, Caminos del Río Uruguay, por la falta de señalización horizontal, esta vez en la A015,

Caminos del Río Uruguay ya no está pero Vialidad Nacional volvió a multarla, esta vez por el acceso a Salto Grande - El Miércoles Digital
Foto: Miercoles Digital

Mediante Resolución 15/2026, de fecha 7 de enero de 2026, Vialidad Nacional dispuso multar una vez más a la exconcesionaria del corredor vial de las Rutas 12 y 14, Caminos del Río Uruguay, por la falta de señalización horizontal, esta vez en la A015, acceso a la Represa de Salto Grande.

Se trata de un tramo cuyo actual es calamitoso. En enero de 2023, cuando se hicieron las inspecciones que justifican las multas dispuestas tres años después, al parecer lo único que detectaron fueron las falencias de señalización.

La parte resolutiva de la resolución imputa a Caminos del Río Uruguay S.A. la comisión de una infracción a la obligación contractual dispuesta en el Artículo 7 Condiciones a cumplir en la conservación de rutina, Inciso 7.9 Señalamiento y seguridad, Apartado 7.9.3. Señalamiento horizontal, del Capítulo I Especificaciones Técnicas Generales para el mantenimiento, reparación y conservación rutinaria.

Más específicamente, alude a cuatro Kilómetros (4 Km.) de señalización horizontal, sobre la Ruta Nacional N.° A015, entre progresivas: Km 3,000 a Km 4,000 y Km 5,000 a Km 15,000- Provincia de Entre Ríos.

En el artículo segundo dispone aplicar a la exconcesionaria la sanción de multa consistente en la suma de veinticuatro mil doscientos veintiocho unidades de penalización (24.228 UP) por la tarifa vigente, cuyo monto corresponde a la obligación incumplida, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 2 Incumplimiento de las obligaciones establecidas en el Acta Acuerdo.

Fuente: El Entre Ríos

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