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Infor-villaguay 03/01/2026 10:08 2 min de lectura

ATER definió las fechas de vencimiento para todos los tributos provinciales Noticias

Através de la Resolución Nº 564/25, que fue publicada en el Boletín 1

ATER definió las fechas de vencimiento para todos los tributos provinciales Noticias
Foto: Infor-villaguay

Através de la Resolución Nº 564/25, que fue publicada en el Boletín Oficial Nº28.247 y firmada por el Director Ejecutivo Rafael Jesús Korell, el organismo recaudador determinó los plazos y condiciones para que los contribuyentes den cumplimiento a sus obligaciones tributarias durante este año.

Ingresos Brutos y Profesiones Liberales

Para el Régimen General de Ingresos Brutos y el Impuesto al Ejercicio de Profesiones Liberales, se mantiene el esquema de vencimientos mensuales basados en la terminación del CUIT. Según la norma, los pagos operarán entre los días 18 y 22 de cada mes.

Respecto a los contribuyentes de menor escala, la resolución aclara en su Artículo 2º que: los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos Régimen Simplificado, cumplirán la obligación de pago mensual, hasta las fechas dispuestas por ARCA en su calendario de vencimientos para el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo).

Impuestos Inmobiliario y Automotor

El cronograma para los impuestos patrimoniales contempla tanto la opción de pago anual con descuento como el fraccionamiento en cuotas. Para el Impuesto Inmobiliario Urbano, el vencimiento del «Pago Único» y de la primera cuota está fijado para los días 18 y 19 de febrero de 2026, dependiendo del dígito verificador.

Inmobiliario Rural y Subrural

Para el sector agropecuario, el calendario se desplaza hacia el segundo trimestre. El Artículo 13º establece que el ingreso del impuesto para las plantas rurales y subrurales se podrá efectuar en un pago único o en cuatro cuotas, fijando la primera fecha de vencimiento para los días 14 y 15 de mayo de 2026.

Agentes de Retención y Sirtac

La resolución también regula la actividad de los agentes de recaudación. Para el sistema Sirtac (Tarjetas de Crédito y Compra), la resolución ratifica que la presentación y pago se efectuará en forma quincenal, siguiendo las fechas establecidas por la Comisión Arbitral.

Finalmente, la norma recuerda que cuando alguno de los vencimientos establecidos en este Artículo coincida con un día inhábil, el mismo operará el día hábil inmediato siguiente, garantizando así la operatividad administrativa para los contribuyentes entrerrianos.

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