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  • La Corte rechazó el reclamo del exsenador Yedro por un campo decomisado en juicio por corrupción | Análisis

    Paraná » AnalisisDigital

    Fecha: 08/05/2026 22:27

    La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró inadmisible el recurso extraordinario presentado por el exsenador justicialista Mario Yedro en el marco de un reclamo para recuperar un campo de 2.164 hectáreas decomisado por la Justicia en 2005, cuando fue condenado por el delito de enriquecimiento ilícito. Según supo ANÁLISIS, la decisión fue adoptada este jueves 7 de mayo y dejó firme el rechazo a la presentación realizada en la causa caratulada recurso de hecho deducido por la actora en la causa Delrubio y Hummendi SRL c/ Superior Gobierno de Entre Ríos s/ acción reivindicatoria. El predio en cuestión está ubicado en Guardamonte, departamento Tala, y había sido decomisado en el marco de la causa por enriquecimiento ilícito en la que terminó condenado el exfuncionario legislativo provincial. Actualmente, esas tierras funcionan como una Colonia Productiva impulsada por el Gobierno de Entre Ríos. El proyecto está en manos de familias campesinas de la región, bajo un esquema de colonización social y productiva. El inmueble permaneció bajo la órbita estatal hasta que la Provincia puso en marcha en 2023 el proceso de adjudicación y desarrollo productivo. La iniciativa fue instrumentada desde el Ministerio de Gobierno y Justicia, con la colaboración de distintas áreas gubernamentales, organismos públicos, instituciones educativas y entidades vinculadas a la producción. Con la resolución de la Corte Suprema, quedó cerrado el intento judicial para revertir el decomiso del predio. La historia del pleito judicial Para entender la controversia hay que recordar que el 22 de diciembre de 2005, un tribunal de Concordia halló culpable del delito de enriquecimiento ilícito al exsenador Yedro, y lo condenó a una pena de 3 años de prisión en forma condicional, el pago de una multa de 90.000 pesos, la inhabilitación por el término de 10 años para ejercer cargos públicos y el decomiso del campo ubicado en Rosario del Tala que recién pasó al Estado en 2011. La denuncia por el crecimiento patrimonial y por el campo comprado (con los detalles de la importante operación económica) fue una investigación periodística de la revista ANALISIS en 1997, tras lo cual se inició la causa judicial El exsenador batalló cuanto pudo para retener su propiedad, y por eso se ganó una segunda causa en su contra: por usurpación. El 18 de noviembre de 2013, el Tribunal de Juicio de Nogoyá lo condenó a cumplir una condena efectiva de 4 años y 6 meses en la cárcel. Yedro recurrió ambas sentencias por distintas vías, hasta que el Superior Tribunal de Justicia (STJ) lo obligó a cumplir la condena. A la par de la causa penal, también se tramitó un expediente civil que se inició en septiembre de 2010 en el juzgado Civil y Comercial de Rosario del Tala. Allí se presentó la sociedad Del Rubio y Hunmendi SRL -que conformaron Yedro, su mujer Silvia Torres (en 2003, al separarse del exlegislador, donó su parte accionaria a sus hijas) y sus hijas Fátima, Luciana y Lara con un recurso denominado acción reivindicativa para recuperar el campo decomisado. La sociedad aseguró que el campo expropiado a Yedro no pertenecía al exlegislador sino que formaba parte de esa sociedad comercial. La Fiscalía de Estado, que representa los intereses del Estado entrerriano, pidió que se declare la incompetencia del fuero civil en un asunto ya resuelto por el fuero penal. En igual sentido se pronunció la Procuración General. En 2011, el juez Civil y Comercial de Rosario del Tala, Gastón Agotegaray, se declaró incompetente para analizar el asunto. La resolución fue confirmada en 2013 por la Cámara Civil y Comercial de Concepción del Uruguay. Sin embargo, el Tribunal elevó el expediente a la Sala Penal de la Cámara de Apelaciones de Concordia (hoy Tribunal de Juicio y Apelaciones) cuando la sociedad interpuso un recurso de inaplicabilidad de Ley. El peregrinar del expediente siguió por la Cámara de Casación Penal y llegó a la Sala Civil del STJ, que rechazó el planteo de la firma el 4 de noviembre de 2013. Pero Yedro continúo presentando recursos. El 19 de mayo de 2020, el Procurador General Jorge Amilcar García, pidió al Superior Tribunal de Justicia que rechace el desopilante planteo del exsenador. Entonces, el jefe de fiscales, sostuvo que el asunto ha adquirido ribetes kafkianos rememorando el ambiente grotesco y exasperante de Ante la Ley o El Proceso-. Recordó que ya en septiembre de 2012 la Fiscalía manifestó que toda esta serie de maniobras maliciosas en diversos fueros, rayanas al desconocimiento supino del derecho, forman parte de una estrategia lindante con el fraude procesal por parte del condenado Yedro, para atacar la sentencia penal que lo condenó por enriquecimiento ilícito de funcionario público, en lo atinente al decomiso del inmueble rural adquirido con fondos espurios, fruto del ilícito, y que como hemos sostenido hasta el hartazgo y todos admiten- se halla firme y con autoridad de cosa juzgada. El STJ rechazó un recurso de Yedro y así el caso llegó al máximo tribunal nacional, que finalmente declaró inadmisible la presentación del exlegislador condenado.

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