Contacto

×
  • +54 343 4178845

  • bcuadra@examedia.com.ar

  • Entre Ríos, Argentina

  • Armas para todos: el gobierno flexibiliza por decreto la portación y el acceso a silenciadores

    » Tiempo Argentino

    Fecha: 06/05/2026 19:03

    En un nuevo paso hacia la desregulación total y apelando a la doctrina de la «seguridad individual», el Gobierno nacional publicó este lunes en el Boletín Oficial el Decreto 306/2026. La norma introduce cambios profundos en la Reglamentación de la Ley Nacional de Armas y Explosivos (Ley 20.429), desarticulando controles históricos y otorgando mayores facultades a la ANMaC para autorizar la libre circulación de armamento en la sociedad civil. Portación bajo «riesgo presunto El punto más polémico del decreto radica en la flexibilización de la portación de armas de fuego. Hasta ahora, se trataba de una excepción muy restrictiva que contemplaba a integrantes de las fuerzas de seguridad y a ciertas personas . Sin embargo, la nueva normativa establece que la ANMaC evaluará las solicitudes basándose en el ejercicio de la «legítima defensa, propia o de terceros. Además, el decreto elimina la rigidez de la renovación anual, permitiendo que los permisos se extiendan por plazos mayores según «las causales de riesgo» que invoque el solicitante. Fuentes del sector advierten que esto abre una ventana de discrecionalidad para que cualquier ciudadano que declare sentirse en peligro pueda caminar armado por la vía pública. En rigor, la flamante norma establece que la ampliación de los plazos eventuales de vigencia de las autorizaciones de portación de armas de fuego encuentra justificación en las causales subjetivas invocadas por el solicitante, que por su naturaleza pueden razonablemente exceder el plazo anual previsto. Por ende, se requiere del ejercicio prudente de la Autoridad de Aplicación al ponderar las causales alegadas, tales como el riesgo invocado y las circunstancias particulares del peticionante, a fin de determinar la extensión del plazo de validez de dichas autorizaciones. Silenciadores y miras térmicas: de «prohibidos» a recreativos» La reforma también modifica la clasificación de ciertos accesorios que antes estaban vedados para el uso civil. Los supresores de sonido (silenciadores) y los dispositivos de puntería optrónicos como las miras infrarrojas o térmicas pasan a ser considerados de «Uso Civil Condicional». Según el texto oficial, ahora podrán utilizarse legalmente en polígonos de tiro o para actividades recreativas. En la misma línea, el decreto autoriza explícitamente a las fuerzas de seguridad federales y provinciales el uso de munición de proyectil expansivo (punta hueca), un tipo de proyectil diseñado para deformarse al impacto y causar el mayor daño posible en el objetivo, cuyo uso ha sido históricamente cuestionado por organismos de derechos humanos. Herencia directa y menos controles administrativos Otro cambio administrativo clave facilita la regularización de armas tras el fallecimiento de su titular. El decreto elimina la necesidad de presentar una declaratoria judicial de herederos (juicio sucesorio). Ahora, bastará con acreditar el vínculo familiar (partida de nacimiento o matrimonio) ante la ANMaC para obtener la registración, lo que acelera la transferencia de arsenales privados sin control judicial previo. Con esta medida, el Gobierno profundiza su agenda de seguridad basada en el armamento civil, desplazando el rol del Estado y dejando en manos de los particulares la respuesta ante el delito. Al mismo tiempo que el propio Gobierno incentiva la violencia, la naturalización del maltrato y discursos punitivistas, con antecedentes trágicos como el asesinato en la escuela de San Cristóbal, Santa Fe. Liberación de armas y violencia naturalizada, un combo que puede ser fatal en una sociedad argentina que vive al límite.

    Ver noticia original

    También te puede interesar

  • Examedia © 2024

    Desarrollado por