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Concordia » Cadena Entrerriana
Fecha: 06/05/2026 00:34
El titular de la Fiscalía General N° 1 presentó un recurso de queja ante el máximo tribunal. Busca anular la medida cautelar que obliga a la ANSES a restituir de forma provisoria la pensión de viudez a la condenada CFK. La batalla legal por los beneficios previsionales de Cristina Fernández de Kirchner sumó un nuevo capítulo en los tribunales superiores. El fiscal Juan Carlos Paulucci recurrió directamente a la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante un recurso de queja, luego de que la Cámara de la Seguridad Social rechazara elevar el caso al máximo tribunal. El eje de la controversia El objetivo del Ministerio Público es que la Corte declare inadmisible la cautelar dictada en febrero por los jueces Sebastián Russo y Juan Fantini. Dicha resolución judicial obligó a la ANSES a reponer el pago de la pensión que la expresidenta percibe como viuda de Néstor Kirchner, la cual había sido dada de baja en noviembre de 2024 tras la confirmación de la condena en la Causa Vialidad por administración fraudulenta. El fiscal Paulucci sostiene que, ante una condena firme por delitos contra la administración pública, corresponde la «suspensión del goce de toda jubilación, pensión o retiro». Una distinción clave entre beneficios La disputa legal, que se originó con la Resolución 1092 de la ANSES, distingue entre dos prestaciones diferentes: - Pensión de viudez: La Cámara Federal de la Seguridad Social ordenó su restitución provisoria. El tribunal argumentó que el organismo previsional no posee facultades para dar de baja el beneficio de forma definitiva bajo argumentos de «honor», sino únicamente para suspenderlo. - Jubilación presidencial: En este caso, la Justicia avaló la suspensión de la asignación mensual vitalicia correspondiente a su cargo como exjefa de Estado, al entender que la condena judicial habilita plenamente la medida. Impacto económico y próximos pasos Para tener una dimensión de la cifra en disputa, el último mes que se abonó este beneficio (noviembre de 2024), el monto neto ascendía a casi 12,5 millones de pesos. A pesar de la presentación del fiscal ante la Corte, el recurso de queja no posee efecto suspensivo. Esto significa que, mientras el máximo tribunal del país decide si acepta o no revisar el caso, la orden de pago dictada por la Cámara debe cumplirse de manera efectiva. Desde el Ministerio de Capital Humano insisten en que el fallo de la Cámara afecta el principio de legalidad y altera las disposiciones vigentes del ordenamiento jurídico argentino. Compartir
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