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  • Un fiscal acudió a la Corte Suprema para evitar que Cristina Kirchner vuelva a cobrar la pensión de Néstor Kirchner

    » TN

    Fecha: 05/05/2026 22:08

    El fiscal Juan Carlos Paulucci recurrió a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que revise y declare inadmisible la medida cautelar que ordenó al ANSES restituir, de manera provisoria, la pensión que percibía Cristina Kirchner como viuda del expresidente Néstor Kirchner. La presentación se produjo luego que la Cámara de la Seguridad Social rechazó elevar el caso al máximo tribunal, dejando firme la orden de pago mientras se resuelve la cuestión de fondo. Paulucci, titular de la Fiscalía General N° 1 ante la Cámara Federal de la Seguridad Social, busca que la Corte declare inadmisible la cautelar concedida en febrero por los jueces Sebastián Russo y Juan Fantini. Esa resolución obligó a la ANSES a reponer el beneficio, que había sido dado de baja en noviembre de 2024 por una resolución interna. La baja se produjo tras la condena dictada contra la exmandataria en la causa Vialidad por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública. Paulucci argumentó que, mientras esté vigente esa condena, corresponde la suspensión del goce de toda jubilación, pensión o retiro, civil o militar, según la normativa aplicable. En noviembre de 2024, último mes en que se abonó el beneficio, el monto ascendía a casi 12,5 millones de pesos tras los descuentos correspondientes. El recurso de queja ante la Corte no tiene, en principio, efecto suspensivo. Por lo tanto, el pago ordenado por la Cámara debería cumplirse mientras el máximo tribunal decide si toma o no el caso. La disputa por la pensión La batalla legal comenzó a fines de 2024, cuando la ANSES dispuso, mediante la Resolución 1092, dar de baja dos prestaciones que percibía la exmandataria: la pensión como viuda del expresidente Néstor Kirchner y la jubilación correspondiente a su desempeño como presidenta de la Nación. La medida se adoptó tras la confirmación de la condena en la causa Vialidad. Dos meses antes, el Gobierno había presentado un recurso extraordinario ante la Justicia con el objetivo de revertir una decisión previa de la misma Cámara que había ordenado restablecer la asignación mensual vitalicia. En aquella oportunidad, desde el Ministerio de Capital Humano cuestionaron el fallo y sostuvieron que la decisión recurrida afecta el principio de legalidad y altera el alcance de disposiciones expresas del ordenamiento jurídico. Sin embargo, la Cámara previsional ya había intervenido previamente para suspender los efectos de la decisión administrativa. En ese fallo, el tribunal declaró formalmente admisible el recurso presentado por Cristina y dispuso frenar la baja de la pensión. Leé también: Adorni dijo que solo responderá ante la Justicia sobre sus causas y que informará su patrimonio El tribunal sostuvo que la ANSES no podía dar de baja el beneficio de la pensión, sino únicamente suspenderlo. También consideró incorrecto que el organismo previsional hubiera eliminado ambas prestaciones por cuestiones de honor, tal como había sido argumentado en la decisión administrativa. Al mismo tiempo, la Cámara avaló la suspensión de la jubilación correspondiente al cargo de presidenta, al entender que la condena judicial habilita esa medida. De este modo, la decisión distingue entre ambos beneficios: mientras la pensión como viuda debe restituirse, la jubilación continúa suspendida.

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