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  • La Justicia ordena reincorporaciones en una láctea y frena la exclusión de tutela sindical

    » TN

    Fecha: 05/05/2026 15:57

    El conflicto sindical que enfrenta a la firma Lácteos Vidal S.A. con un grupo de trabajadores volvió a sumar un capítulo judicial de peso. El Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 69 dictó dos sentencias interlocutorias definitivas que rechazaron la acción de exclusión de tutela sindical impulsada por la empresa y ordenaron la reincorporación inmediata de delegados y dirigentes gremiales. Leé también: La Corte falló a favor de una láctea santafesina y declaró inconstitucional un beneficio impositivo bonaerense Las resoluciones, fechadas el 30 de abril, se inscriben en una disputa que comenzó en julio de 2022, cuando comenzó una huelga en la planta. Desde entonces, el expediente avanzó por distintas instancias, con posiciones contrapuestas en torno a la legalidad de las medidas de fuerza y el accionar de los representantes de los trabajadores. Un pronunciamiento clave en una disputa que se arrastra desde 2022 En este escenario, la Asociación de Trabajadores de la Industria Lechera de la República Argentina (ATILRA) acompañó a los delegados y sostuvo las medidas adoptadas durante el proceso, que ahora fueron respaldadas en las decisiones judiciales. El eje central del fallo gira en torno a la tutela sindical, una garantía que protege a los delegados frente a sanciones o despidos derivados de su actividad gremial. En este caso, la Justicia entendió que no correspondía hacer lugar al pedido empresario de excluir esa protección, lo que en la práctica reafirma la vigencia de los derechos de representación. Leé también: Fuerte respaldo político a trabajadores de una firma láctea santafesina en plena crisis Otro punto relevante de las decisiones judiciales es la orden de reincorporación de los trabajadores apartados de sus puestos. El tribunal consideró que las desvinculaciones no podían sostenerse en el marco del conflicto y dispuso además el cese de conductas que pudieran encuadrarse como discriminatorias dentro del ámbito laboral. Aunque se trata de resoluciones interlocutorias, su carácter definitivo en esta etapa del proceso fija una posición clara del fuero laboral respecto de los límites de la acción empresaria en contextos de conflicto sindical. La interpretación judicial también valida, de manera indirecta, la regularidad de la actividad gremial desplegada durante el conflicto, uno de los aspectos más discutidos por las partes. Leé también: La lechería pierde tambos pero aumenta la escala: más vacas por unidad productiva El caso podría convertirse en un expediente de referencia dentro del mundo laboral, tanto por su extensión en el tiempo como por la intensidad del debate público que generó. A lo largo de estos años, se acumularon denuncias cruzadas, cuestionamientos sobre las modalidades de protesta y una fuerte disputa discursiva en torno a la legitimidad de las acciones. En este escenario, las nuevas resoluciones reconfiguran el mapa del conflicto y podrían influir en los próximos pasos judiciales. Resta saber si la empresa avanzará con apelaciones, aunque el fallo ya introduce un elemento relevante sobre las garantías sindicales en un contexto de alta conflictividad. Leé también: El agro liquidó 23% más de divisas en abril que en marzo y acumuló US$7667 millones en el primer cuatrimestre Más allá del expediente puntual, el pronunciamiento vuelve a poner en discusión el equilibrio entre el derecho a la protesta y las facultades de organización empresaria. En esa tensión, la Justicia laboral expresa criterios que impactan no solo en este caso, sino también eventualmente en futuros conflictos del ámbito del trabajo.

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