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  • Reforma jubilatoria en Entre Ríos: qué dice el proyecto para sostener la Caja

    Parana » Entreriosya

    Fecha: 04/05/2026 09:35

    Se conocieron detalles del proyecto legislativo para la creación del denominado Fideicomiso de Sustentabilidad Previsional de Entre Ríos (Fisper), impulsado por Multisectorial en Defensa de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos. Se trata de una alternativa a la reforma del sistema previsional que impulsa la gestión de Rogelio Frigerio y cuyo texto fue presentado el jueves ante la Cámara de Diputados. La iniciativa surge como una respuesta estructural, innovadora y profundamente solidaria ante el desafío histórico que representa el déficit de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de nuestra provincial, plantea el texto al que accedió Entre Ríos Ahora. Y apunta: Este proyecto se fundamenta en la premisa innegociable de que el déficit previsional es una contingencia financiera del Estado y nunca puede ser utilizado como excusa para la regresión de derechos de los beneficiarios. La sustentabilidad del sistema debe buscarse en la eficiencia recaudatoria sobre la renta extraordinaria y no en el sacrificio de quienes ya cumplieron su ciclo laboral. La propuesta propone la aplicación de alícuotas diferenciales hallando sustento jurídico sobre los principios de progresividad y equidad, gravando en mayor medida a quienes poseen mayor capacidad contributiva. Asimismo, el proyecto se alinea con la manda de los artículos 79, 122 inciso y 7 y 23 de la Constitución de Entre Ríos. Vale recordar que este último otorga la propiedad el carácter de función social -lo cual se refirma en el artículo 85 al regular el uso del suelo- y por lo tanto sujeta a las obligaciones que el Estado imponga en aras del bien común. Al dirigir el esfuerzo fiscal hacia los sectores de mayor patrimonio -según se plasma en el proyecto- no solo se cumple con el criterio de proporcionalidad, sino que se garantiza la operatividad del sistema de seguridad social, protegiendo el carácter integral e irrenunciable de los beneficios previsionales. Luego, plantea que durante 30 o 40 años, el trabajador entregó una parte de su fuerza de trabajo y de sus ingresos al Estado bajo una promesa contractual: la seguridad de una vejez digna. En ese orden, sostiene que si el Estado no gestionó eficientemente esos fondos o si las condiciones demográficas cambiaron, el riesgo debe ser asumido por la estructura estatal y no por el eslabón más débil. Restringir derechos hoy es una ruptura unilateral de un contrato social preexistente.

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