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  • La Justicia apartó a Pérez Pons como querellante en la causa entre la Bolsa de Comercio y Sáenz Peña

    » Diariochaco

    Fecha: 02/05/2026 17:59

    El Juzgado de Garantías de Presidencia Roque Sáenz Peña, a cargo del doctor Luis Kubicek,resolvió declarar la nulidad de oficio de una resolución fiscal en el marco de la causa vinculada a presuntas irregularidades que involucran a la Bolsa de Comercio y al Municipio local. La medida alcanza al decreto del Ministerio Público Fiscal de fecha 4 de marzo de 2026, a través del cual se había admitido provisoriamente la constitución como querellante particular de uno de los denunciantes en la causa, el diputado provincial Santiago Pérez Pons. Según se desprende de la resolución judicial a la que tuvo acceso Diario Chaco, al analizar un planteo de oposición presentado por la defensa de uno de los denunciados, el tribunal advirtió "irregularidades sustanciales en la fundamentación fiscal", las cuales podrían afectar garantías constitucionales básicas del proceso penal. En ese marco, y en ejercicio del control de legalidad, se resolvió avanzar de oficio con la nulidad del acto. El fallo pone el foco en "la falta de sustento suficiente para habilitar la participación como querellante particular, una figura que implica la intervención directa de una persona en el proceso penal en calidad de acusador". El decreto fiscal había considerado que el denunciante, en su doble condición de ciudadano de Sáenz Peña y diputado provincial, tenía un interés legítimo en la investigación de hechos vinculados al presunto uso indebido de fondos públicos. Sin embargo, el Juzgado de Garantías entendió que los "vicios detectados en la resolución comprometen su validez", por lo que dejó sin efecto tanto la admisión como la participación del denunciante en ese rol dentro del expediente. La causa investiga hechos que, en principio, fueron encuadrados en figuras como abuso de autoridad, malversación de caudales públicos y negociaciones incompatibles con la función pública, todos ellos vinculados a la administración de recursos municipales. Con esta resolución, el expediente continuará su curso sin la intervención del querellante particular.

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