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Fecha: 02/05/2026 05:27
La Constitución Federal de la Nación Argentina, sancionada y juramentada el 1.° de mayo de 1853 en la sala de sesiones del Congreso Constituyente en el antiguo Cabildo de Santa Fe de la Veracruz, es el mayor monumento jurídico de la República Argentina. La trascendencia de este texto magno ha sido gigantesca, a tal punto que aún hoy gran parte de su articulado sigue teniendo vigencia y sin duda es el cimiento sobre el que se construyó el país que se convirtió en una de las grandes naciones de la tierra a principios del siglo XX. No se debe olvidar el tránsito republicano de estos últimos 42 años y medio desde la restauración democrática de 1983 que, a pesar de los problemas concretos que la sociedad y la política no han logrado resolver, el pueblo argentino no duda del marco institucional que muestra el camino hacia la resolución de los conflictos y el devenir de un futuro venturoso. La gran visión de estado del gobernador entrerriano, el general Justo José de Urquiza, entendió la necesidad de dar por terminado el tiempo de las guerras civiles a través de un gran acuerdo político entre los enemigos de antaño. Ese fue el inicio del camino demorado de institucionalidad deseado desde los tiempos de la Revolución de Mayo de 1810 y de la Independencia de 1816. Urquiza, que era un gran estratega militar y político, lanza el desafío organizador el 1.° de mayo de 1851 con el Pronunciamiento en la plaza central de Concepción del Uruguay, que le permitió a la provincia de Entre Ríos recuperar su total autonomía para avanzar en la idea constitucionalista. Este hecho, que marca el inicio de la organización definitiva del país, se produjo hace exactamente 175 años, y es el primer hito del cuatrienio en el que se suceden la batalla de Caseros en 1852, la Carta Magna en 1853 y la primera presidencia constitucional en 1854. Sin duda, y como siempre sostuvo la gran historiadora entrerriana Beatriz Bosch, Urquiza merece el título de Organizador de la República Argentina. Los invito hoy a recorrer los acontecimientos que durante medio siglo llevaron a la Argentina a iniciar el camino hacia una gran nación. Las internas partidarias y la unión para la organización Urquiza era en 1850 el líder de los dogmáticos, o sea, el jefe de aquellos federales que bregaban por una constitución escrita, herederos del pensamiento del malogrado gobernador porteño Manuel Dorrego, desde siempre enfrentados a los apostólicos, los federales que, encabezados por el brigadier general Juan Manuel de Rosas, primer mandatario de Buenos Aires, creían en el sistema de caudillos. La batalla de Caseros, librada el 3 de febrero de 1852, significó la victoria de Urquiza, quien inmediatamente llamó a un gran acuerdo político que se plasmó fuera de su propia provincia, con la convocatoria a todos los gobernadores, sin distinción partidaria. Esa reunión en San Nicolás de los Arroyos concluyó con la firma del Acuerdo firmado el 31 de mayo de ese año, el primer pacto donde participaron las catorce provincias históricas. La templanza política de Urquiza queda palmariamente demostrada cuando, ante la defección de Buenos Aires en sus propósitos constituyentes, siguió adelante con el Congreso de Santa Fe, también llevado a cabo fuera de la provincia del hombre más poderoso de su tiempo, a lo que se suma su negativa personal a participar directamente de los debates. El 20 de noviembre de 1852, en la sala capitular del Cabildo de Santa Fe, edificio lamentablemente demolido a principios del siglo XX, comenzaron los debates entre los 25 convencionales, dos por cada provincia, aunque La Rioja sólo envió un representante. Llama la atención, en estos tiempos de ausencia de diálogo político, el recuerdo de que la mayoría de los constituyentes fueran antiguos unitarios que aceptaron el convite de Urquiza de organizar en federación el país, resignando sus ansias de unidad de régimen político, a cambio del compromiso del entrerriano y el resto de los federales de someterse a la ley suprema, dejando para siempre el caótico y consuetudinario sistema de caudillos. Este gran acuerdo general, poco reconocido por la historiografía, terminó con un cuarto de siglo de guerras civiles, gracias a que los enemigos de antaño se convirtieron en aliados políticos que buscaron juntos y encontraron el bien común, tan claramente expresado en los principios enunciados en el Preámbulo de la Constitución, redactado por la pluma más elegante del Congreso, el santiagueño José Benjamín Gorostiaga, virtual redactor de la carta Magna. Sin duda, la inspiración que la obra del tucumano Juan Bautista Alberdi brindó a través de las Bases y Puntos de Partida para la Organización Política de la República Argentina fue magistralmente interpretada por Gorostiaga. Con su don de gente, su redacción precisa y su dedicación al trabajo, él fue el protagonista principal del Congreso, marcando además la reconciliación intelectual y práctica de las dos provincias antaño enfrentadas: Tucumán y Santiago del Estero. Vale recordar a Paul Groussac: desde el principio al fin domina Gorostiaga la situación parlamentaria. Si fuera lícito admitir que tenga un autor la constitución federal que rige la república, deberá aparecer como tal Gorostiaga y no Alberdi. Quizá aún la República Argentina no ha hecho el gran homenaje que merece la Pluma de la Constitución Federal de 1853. Leé también: Las revoluciones americanas: las juntas de gobierno de 1809 y 1810 Pero sin duda no se entiende el valor de lo ocurrido en Santa Fe en ese año si no recordamos sus antecedentes, que fueron importantes a la vez que retardatarios de la organización nacional. La Constitución de las Provincias Unidas de 1819 El 24 de marzo de 1816 comienza en San Miguel del Tucumán la reunión del Congreso General Constituyente convocado por el director supremo Ignacio Álvarez Thomas con la presencia de los diputados que el 9 de julio de ese año iban a dar el paso jurídico supremo para el país: la declaración de la Independencia para romper los vínculos políticos con España. Pero es bueno destacar que aquella reunión, que en 1817 trasladó su sede a Buenos Aires, tenía por doble finalidad la sanción de leyes ordinarias y la redacción de una constitución para el estado naciente. El 22 de abril de 1819 se sanciona en el antiguo edificio del Real Consulado de Buenos Aires la Constitución de las Provincias Unidas del Río de la Plata, texto conformado por 138 artículos, que no establecieron la relación del estado central con las provincias, sólo nombradas en tanto serían representadas en el Senado. El contexto bélico establecido por la guerra de la Independencia, sumado al desafío de la Liga de los Pueblos Libres, acaudillada por el oriental José Gervasio de Artigas, luego reemplazado por el entrerriano Francisco Ramírez y el santafesino Estanislao López, hicieron imposible la aceptación del texto magno por las provincias. La derrota del ejército nacional en Cepeda el 1.° de febrero de 1820 provocó la caída del director supremo José Rondeau, la supresión del Congreso y la desaparición del gobierno central, además de iniciarse el gran proceso de consolidación de las provincias argentinas, ya que entre este año y el siguiente nacieron jurídicamente las autonomías de Santiago del Estero, Catamarca, La Rioja, Mendoza, San Juan, San Luis, Corrientes y Buenos Aires, es decir, ocho de las catorce provincias históricas. En ese estado de cosas, la Constitución del 19 quedó en el olvido, aunque no por mucho tiempo. La Constitución Unitaria de la República Argentina de 1826 El gobernador porteño Martín Rodríguez, con el consejo de su ministro de gobierno Bernardino Rivadavia, convocó a todas las provincias a un Congreso General, que comenzó a reunirse en diciembre de 1824 en Buenos Aires. El inicio auspicioso de esa reunión nacional fue enturbiándose por las disputas entre los proto-unitarios y los proto-federales, entre los que se destacaba el representante de Santiago del Estero, el coronel Manuel Dorrego, elegido por el gobernador Juan Felipe Ibarra. Como curiosidad, se llamó a Dorrego diputado alquilado por su condición de porteño no afincado en la madre de ciudades. Las discusiones estaban además enmarcadas por el conflicto en la Banda Oriental, que inició su giro independentista con la llegada a la playa Agraciada, sobre el río Uruguay, de los 33 orientales, comandados por el general Juan Lavalleja, que habían partido desde las costas de San Isidro. La reacción brasileña culminó con el estado de guerra entre el Imperio y la República Argentina desde fines de 1825. La sanción de la ley de presidencia por parte del Congreso permitió el nombramiento como tal de Bernardino Rivadavia y, quizá cierta falta de ubicación en el contexto del momento, hizo que los diputados partidarios del sistema unitario avanzaran con su mayoría en la sanción de una Constitución, que fue aprobada el 24 de diciembre de 1826. Tenía 191 artículos. El establecimiento de la forma de gobierno representativa, republicana y en unidad de régimen obligaba a ceder en forma perenne la soberanía de las provincias al gobierno central, quedando las jurisdicciones como meros delegados del estado nacional. Esta pérdida de derechos autonómicos, sumada a la deriva diplomática de la guerra contra el Brasil, que ignoró las victorias militares para terminar aceptando la entrega del territorio oriental al gobierno imperial, provocó un estado de cosas que culminó con el rechazo de la Constitución por los gobiernos provinciales, que inicialmente en su mayoría estaban conformes con la Carta Magna. Las consecuencias fueron desastrosas, ya que la presidencia se aniquiló, el Congreso se disolvió y comenzó un cuarto de siglo de guerras civiles con distinto grado de intensidad a lo largo del tiempo, hasta que en 1852 volviera la posibilidad de organizar el país bajo el amparo de un texto constitucional. Tan noble objetivo se logró hace 173 años con la sanción de la Constitución Federal de 1853, que tendría tal imperio sobre la vida argentina que sólo sería reformada en 1860 y 1866 para reincorporar la provincia de Buenos Aires al cuerpo nacional; en 1898 y en 1994. También queda pendiente el recuerdo de la controversia por la sanción de la Constitución de 1949 y su derogación, con la mínima reforma de 1957. Sin duda merece una consideración importante el tema de las reformas que, si Dios quiere, trataremos el próximo fin de semana en esta sección de tn.com.ar.
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