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  • La empleabilidad como garantía de inclusión social

    Buenos Aires » Infobae

    Fecha: 01/05/2026 04:40

    En este Día del Trabajador nos debemos un debate sobre el rol que debe tener el Estado en la protección de los trabajadores, así como en la promoción del empleo. Nadie puede negarlo: la irrupción de la Inteligencia Artificial y la automatización en los procesos productivos redefinió el mundo laboral. Las aptitudes exigidas para la supervivencia en el mercado cambiaron y también lo hicieron las normas. En este escenario, la Ley de Modernización Laboral 27.802, mediante los artículos 152 y 153 del Capítulo II, creó el Programa de Formación Laboral Básica para garantizar el desarrollo de las competencias mínimas necesarias para la incorporación al mundo laboral de las personas que por diversas situaciones no hubieran podido adquirirlas. PUBLICIDAD Según la norma, este programa tendrá dos ejes: el Programa de Competencias Sociolaborales Básicas se enfoca en las personas sin terminalidad educativa con el objetivo de brindarles herramientas de lectura y comprensión de textos, expresión oral y razonamiento matemático, entre otras. Y el Programa de Formación Laboral Inicial apunta al desarrollo de estas competencias iniciales en una rama de la actividad productiva económica con prioridad regional y en perspectiva de su futura demanda. De esta forma, busca integrar a las personas complementando su formación con el Programa de Entrenamiento para el trabajo. Esta norma introduce una categoría jurídica disruptiva y moderna: la empleabilidad mínima. Este concepto no debe entenderse como un estándar de exigencia para el trabajador, sino como un deber prestacional del Estado destinado a garantizar un piso de ciudadanía económica en la era digital y donde los empleadores tienen un papel de suma importancia. PUBLICIDAD La protección del trabajador en el siglo XXI no puede limitarse a la tutela resarcitoria ante el despido; debe evolucionar hacia una tutela preventiva basada en la capacitación constante. La creación del Programa de Formación Laboral Básica identifica que la carencia de competencias fundamentales como la alfabetización digital, la comprensión de textos y el razonamiento lógico constituye hoy la principal causa de exclusión social. El Congreso, al institucionalizar este programa, reconoce que el derecho al trabajo se vuelve ilusorio si el sujeto carece de las herramientas cognitivas para interactuar con los nuevos entornos tecno-laborales. La Ciudad de Buenos Aires ya había avanzado en esta dirección y desde la gestión del Jefe de Gobierno, Jorge Macri, dimos un gran impulso a la Agencia de Habilidades para el Futuro, donde se impulsan más de 670 ofertas educativas orientadas al desarrollo de competencias para el empleo, con iniciativas como Talento Tech, programas de terminalidad educativa como SecundarT, propuestas de primer acercamiento al mundo laboral como Construí tu Futuro para jóvenes, capacitaciones destinadas a emprendedores en un innovador Centro de Simulación, programas de subsidio al aprendizaje en la empresa como la Prácticas Formativas o el Programa de Inducción para el Empleo. PUBLICIDAD Se trata de propuestas en las que somos autoridad de aplicación desde la Secretaría de Trabajo, junto al Ministerio de Educación. A ellas se le suma el nuevo programa de asistencia social del Gobierno de la Ciudad, mediante el cual pusimos fin a los últimos planes sociales aún activos y creamos un programa de capacitación y empleo que promueve la autonomía económica. La medida alcanzará a unas 5 mil personas e incluye pagos directos sin intermediarios, formación obligatoria y articulación con el sector privado para facilitar la inserción laboral. La nueva ley nacional va por el camino correcto. La reglamentación debe centrarse en restaurar la base de confianza y aptitud del individuo, potenciando no sólo la formación de operarios eficientes o técnicos, sino de personas con capacidad para usufructuar las herramientas que le otorga la educación para el empleo. PUBLICIDAD Por otro lado, la designación de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social como autoridad de aplicación (artículo 153) puede ser extendida a las autoridades laborales provinciales, a fin de otorgarle al sistema la centralidad necesaria para coordinar la certificación de estas competencias, y en línea con las políticas de descentralización y autonomía de la Ciudad. Otorgar a la certificación estatal la funcionalidad de actuar como un activo de seguridad social implica un hito fundamental para nuestro país. Este pasaporte de empleabilidad va a permitir a los trabajadores acreditar saberes frente a un mercado que se vuelve cada vez más exigente. PUBLICIDAD En definitiva, la empleabilidad mínima se constituye como una nueva garantía de equidad para los trabajadores en el siglo XXI. En un mundo donde el capital humano es el activo más valioso, el Estado debe asumir el rol de garante para que la metamorfosis digital no devenga en una segmentación irreversible entre integrados y excluidos, asegurando que la tecnología sea, finalmente, un vector de ascenso social y no de marginación. PUBLICIDAD PUBLICIDAD

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