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  • La Justicia rechazó un recurso y la Anses deberá pagarle una pensión de privilegio a Cristina Kirchner

    » La Nacion

    Fecha: 29/04/2026 12:57

    La Justicia rechazó un recurso y la Anses deberá pagarle una pensión de privilegio a Cristina Kirchner Jueces previsionales no dieron lugar a un pedido de llevar el tema a la Corte luego de que, en febrero, habían dictado una cautelar ordenando que se le restituyera una prestación a la expresidenta, condenada por corrupción y hoy en prisión - 4 minutos de lectura' Por dos votos contra uno, la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social rechazó un recurso extraordinario presentado por la Anses en febrero último y, en consecuencia, el organismo deberá abonarle una varias veces millonaria prestación de privilegio a la expresidenta Cristina Kirchner, quien cumple prisión domiciliaria, tras ser condenada por corrupción en la causa Vialidad. En noviembre de 2024, último mes en que se pagó, el ingreso en cuestión fue, en mano, de casi $12,5 millones. En febrero pasado, la justicia previsional dio lugar, en un fallo de segunda instancia, a una medida cautelar solicitada por la exfuncionaria, para volver a cobrar la pensión que recibía como viuda del expresidente Néstor Kirchner. Lo pidió como medida provisoria, en tanto se resuelve el juicio en el que reclama la restitución tanto de esa pensión, como también de la asignación vitalicia antes percibida en calidad de expresidenta. En noviembre de 2024, el Gobierno dio de baja los dos beneficios, luego de que CFK fuera condenada por la Cámara de Casación Penal Federal, que la consideró autora penalmente responsable del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública. La condena fue confirmada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Iniciado un litigio para recuperar ambos pagos, CFK pidió una cautelar para cobrar, mientras sigue el trámite, una de las dos prestaciones. El pedido fue rechazado en un primer momento por la jueza Karina Alonso Candis, del Juzgado Federal de la Seguridad Social N° 1. Pero, tras la apelación de la demandante, los jueces Sebastián Russo y Juan Fantini, de la Sala III de la cámara previsional, lo admitieron, alegando cuestiones alimentarias. Tras esa decisión, el Ministerio de Capital Humano, a través de la Anses, presentó un recurso extraordinario, para que la causa llegara a la Corte Suprema de Justicia. Eso fue negado hoy por decisión de los jueces Russo y Fantini, en tanto que la tercera integrante de la mencionada Sala, la jueza Nora Dorado, votó en favor de hacer lugar a la solicitud del Gobierno. El importe total de las dos asignaciones cobradas hasta noviembre de 2024 -cuando las dio de baja una resolución del entonces director de la Anses, Mariano de los Heros- incluía unos $6 millones de plus por zona austral, ya que el domicilio declarado era en Santa Cruz, pese a que era de público conocimiento que la exfuncionaria no residía allí. Por esto último, existe una denuncia penal. Se da por descontado que, con CFK cumpliendo prisión domiciliaria en la Ciudad de Buenos Aires, el adicional no será repuesto. Sin considerar ese plus, el monto cobrado en particular por la prestación que los jueces ordenaron reponer fue, 17 meses atrás, de $9.658.606,27. Fuentes cercanas al caso estimaron en una cifra similar lo que se debería pagar a causa de la medida cautelar. No obstante ello, este tipo de prestaciones tiene actualizaciones según mecanismos que no son públicos. Ambos ingresos, cobrados hasta noviembre de 2024 (la asignación vitalicia por expresidenta y la pensión por el también expresidente Néstor Kirchner), surgen de la ley 24.018 y son considerados de privilegio porque, para su obtención, no se pide cumplir con requisitos ni de edad ni de tiempo de aportes. En la sentencia de la Cámara previsional que en febrero de este año admitió el pedido de CFK, se sostuvo que corresponde otorgar prevalencia al carácter alimentario del derecho cuya tutela se persigue y a la situación de desprotección en la que queda colocada la actora como consecuencia de la decisión adoptada por el organismo (en referencia a la resolución de la Anses que dispuso la baja). El escrito agrega que esa decisión administrativa priva a la actora de ingresos de naturaleza alimentaria. Noticia en desarrollo

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