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  • El fiscal ante la Cámara Penal Económico pidió agravar la acusación contra Tapia y Toviggino por evasión de $19.000 millones

    » TN

    Fecha: 24/04/2026 12:59

    El fiscal general ante la Cámara en lo Penal Económico, Gabriel Pérez Barberá, pidió este viernes que se agrave la acusación contra las autoridades de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) en la causa por presunta retención indebida de aportes. En un dictamen presentado ante el Tribunal de Apelaciones, solicitó que se incorpore a la imputación contra Claudio Chiqui Tapia y Pablo Toviggino un tramo que había quedado fuera del procesamiento: el vinculado a la falta de depósito en término de aportes a la seguridad social sobre ingresos por publicidad de los torneos. Además del presidente y el tesorero de la AFA, el planteo apunta además a otros tres dirigentes ya procesados en el expediente. Según el representante del Ministerio Público Fiscal, la decisión de excluir ese componente de la acusación debe ser revisada por la Cámara. La presentación fue dirigida a los camaristas Carolina Robiglio y Roberto Hornos, quienes deberán resolver si confirman o modifican los procesamientos dictados en primera instancia por el juez Diego Amarante. En ese marco, Pérez Barberá sostuvo la apelación impulsada previamente por el fiscal de grado, Claudio Navas Rial. Leé también: Caso AFA: el fiscal analiza dos estrategias para insistir con el pedido de detención de Tapia y Toviggino En su dictamen, el fiscal general cuestionó que el procesamiento haya dejado afuera la imputación vinculada a una alícuota aplicada sobre los ingresos derivados del patrocinio oficial con fines publicitarios de los torneos organizados por la AFA o la Liga Profesional de Fútbol. Esa alícuota, explicó, está destinada a cancelar cotizaciones correspondientes a los regímenes de la seguridad social y, por lo tanto, integra el esquema de financiamiento del sistema. Pérez Barberá advirtió que los montos involucrados en ese concepto identificado como subconcepto 551 constituyen, según surge de las constancias de la causa, una de las principales fuentes de financiamiento del sistema. En esa línea, reclamó que el Tribunal de Apelaciones revoque la decisión de no incluir ese punto en la acusación y lo incorpore al análisis penal de los dirigentes. El planteo del fiscal se inscribe en una causa más amplia que investiga la presunta retención indebida de más de 19.300 millones de pesos en impuestos y contribuciones previsionales. De acuerdo con la investigación, la AFA habría retenido esos montos a empleados, proveedores y terceros, sin depositarlos en tiempo y forma en las cuentas correspondientes. Leé también: La Justicia investiga montos y servicios de las facturas emitidas a la AFA por empresas vinculadas a Toviggino En ese expediente, los dirigentes fueron procesados por apropiación indebida de tributos agravado y de recursos de la seguridad social. El juez Amarante consideró acreditado que existió una conducta sistemática consistente en demorar el ingreso de fondos retenidos, lo que según señaló habría permitido obtener beneficios financieros a partir del manejo de esos recursos. Sin embargo, al dictar los procesamientos, el magistrado resolvió excluir de la imputación las retenciones vinculadas a ingresos por publicidad, equivalentes a un 7,50% a cargo de los clubes. Para el juez, en ese aspecto la AFA no habría actuado como agente de retención o percepción, además de haber emitido los certificados correspondientes. Esa fue la interpretación objetada por el Ministerio Público Fiscal. En paralelo, la causa sigue abierta y atraviesa otras discusiones procesales. Días atrás, la defensa de Toviggino impulsó un planteo para cerrar el expediente mediante una reparación integral, bajo el argumento de que la deuda con el fisco había sido cancelada, incluso con intereses. Esa estrategia fue acompañada por Tapia y el resto de los imputados. Leé también: Chiqui Tapia avanza con su plan para que las causas en su contra se investiguen en un juzgado de Campana El fiscal Navas Rial rechazó esa solicitud. En su dictamen, sostuvo que el pago de la deuda no equivale a reparar el daño generado al sistema de recaudación y a la seguridad social. El presunto pago de la deuda no puede ser equiparable a la reparación del daño ocasionado al sistema de recaudación impositiva y de la seguridad social por quien reviste el carácter de agente de retención, afirmó. Además, el fiscal señaló que los acusados no precisaron con claridad cuál sería la suma efectivamente cancelada ni cómo se compone el monto que invocan como pago total de las obligaciones. Con este escenario, la Cámara en lo Penal Económico deberá resolver tanto la apelación del Ministerio Público Fiscal para ampliar la acusación como los planteos de las defensas. Su decisión será clave para definir el alcance final de los cargos y el futuro del expediente, que podría avanzar hacia la instancia de juicio oral.

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