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Concordia » Diario Junio
Fecha: 23/04/2026 19:19
Sastre dijo que la iniciativa sigue la línea que trazó en la apertura de sesiones de este año el intendente Francisco Azcué. La intención es extender la prohibición de los carros a todo el ejido, a diferencia de los perímetros donde se impedía la circulación que fueron ampliándose año tras año. Primero fue en la zona céntrica, durante el gobierno anterior. Posteriormente, en diciembre de 2024, el radio se amplió en un vasto sector. Los límites actuales son, al norte, avenida Presidente Illia /avenida Salto Uruguayo. Al sur, calles Libertad/Doctor Scattini y su continuación por Ituzaingó hasta Castelli, por Castelli hasta Humberto Primo, por Humberto Primo hasta San Martín y por San Martín hasta Diamante. Al este, Boulevard Maipú y su continuación por Salta/Gastelacoto hasta el río Uruguay. Y al oeste. calle Diamante. La prohibición también comprende la zona de Costanera sur sobre Avenida de los Pueblos Originarios de Norte a Sur y el área conocida como zona verde, así como del Puente Alvear y Avenida Arturo Frondizi. Ahora se plantea la erradicación definitiva. Ese ha dado un paso hacia adelante, indicó. La iniciativa dispone que la autoridad de aplicación de la presente ordenanza será la Dirección de Veterinaria Municipal. Tendrá un plazo de 180 días para reglamentarla y establecer un cronograma para su instrumentación. En ese plazo intermedio, entre la sanción de la ordenanza, la reglamentación de la misma y el cronograma para su cumplimiento, se deberá llevar a cabo el censo. Es para acompañar a las familias que les puede llegar a costar dejar atrás este tipo de actividad para encauzar en otras actividades diferentes, mencionó. Las alternativas laborales que planteó el edil son carros manuales. Como ejemplo, mencionó el caso de CABA (Ciudad Autónoma de Buenos Aires) donde, en la zona del microcentro, se utilizan carros de reducidas dimensiones, arrastrados por persona a pie, que llevan elementos de reciclado hasta un lugar de transferencia para cargarlos en vehículos de mayor tamaño. La otra salida son capacitaciones en oficios. Es algo que venimos charlando. Habilitar distintos programas de formación para estas personas, dijo. De hecho, funciona una escuela municipal de oficios en el Regimiento 6 donde podrían ser enviados algunos de las personas que utiliza los carros. Y una tercera posibilidad es que la Secretaria de Desarrollo Productivo entregar créditos para emprendimientos productivos. No son las únicas pero si algunas de las que estuvimos pensando para darles contención a este tipo de actividades. Sastre dijo que estuvo dialogando con el secretario del área, Federico Schattenhofer, para qué evalúe que programas podría utilizar. Respecto del censo, dijo que una posibilidad es entrevistar a los vecinos en sus domicilios. O bien establecer algunos días para que se acerquen a un punto determinado para empadronarse. Pero ese aspecto no está incluido en el proyecto ya que es una cuestión que debe determinar el Ejecutivo. No hay una estimación certera acerca de cuantos carros siguen circulando actualmente por las calles de la ciudad. Pero muchos de ellos se encuentran en barrios de la Zona Sur como Carretera La Cruz, Ex Aeroclub, y otros barrios en la zona noroeste. El texto del proyecto El artículo 1° del proyecto dispone la erradicación definitiva de la circulación de vehículos con tracción a sangre animal en todo el ámbito de la Municipalidad de Concordia. Y el 2° establece que los animales que sean hallados tirando de carros en infracción a la presente ordenanza, serán retenidos y traslados al Centro Ecuestre Municipal dependiente de la Dirección de Veterinaria Municipal. En ese lugar, serán examinados clínicamente y de presentar lesiones físicas agudas o crónicas y/o signos compatibles con maltrato se hará la denuncia correspondiente a la ley nacional de maltrato animal N° 14.346. El articulo 3°explica que, para obtener la restitución de un animal incautado, por parte de su propietario o tenedor, será esencial que el Juzgado de Faltas dicte la resolución correspondiente de liberación, tras haber abonado el infractor las sumas fijadas que, según la gravedad de la falta, variarán de 15 a 50 juristas. Además, deberá abonar los conceptos por estadía, entendidos como traslado, alimentos, reposición de los materiales, análisis y medicamentos empleados con el objeto de atender el estado sanitario del animal. En el supuesto caso de que un animal sea capturado o retenido por segunda vez en contravención a la presente ordenanza, el Juez interviniente aplicará la pena de decomiso sin posibilidad de obtener la restitución del animal y la Dirección de Veterinaria Municipal procederá a entregarlos en adopción. Además, en dichos casos, se faculta al Juez de Faltas a incrementar el monto de las multas correspondientes en hasta un cincuenta por ciento (50%). El articulo 4° genera mucha polémica entre los propietario de los animales ya que se los obliga a acreditar la propiedad o tenencia legal que se invoca conforme lo establecido por los organismos municipales, provinciales y nacionales correspondientes, sin excepción alguna. En un ámbito regido por la informalidad, muchos de los propietarios de los carros se han visto desapoderados de sus animales a pesar de las pruebas que han ofrecido a las autoridades. El artículo 5° establece un plazo de 7 días hábiles desde la retención y traslado al Centro Ecuestre Municipal como plazo para pedir la restitución. Caso contrario, el animal será entregado en adopción. Caballos secuestrados y falta de señalización Sastre fundamentó la iniciativa ya que es una iniciativa para erradicar la tracción a sangre apuntando al cuidado de los animales y la lucha contra el maltrato. En esa línea, explicó que hasta el momento, en esta gestión, se han entregado en adopción 180 animales a familias, que cuentan con campos, que están inscriptas en un registro. Los equinos fueron secuestrados en la vía pública por circular en infracción a la zona restringida. O por estar sin sujeción alguna en la calle, en violación de la ordenanza de animales sueltos. El edil sostuvo que muchos de ellos estaban anémicos, sin ningún tipo de control sanitario. La municipalidad se los entrega vacunados, sin anemia y con un chip para su identificación. Por último, se establece que la Secretaría de Servicios Públicos debe proceder a la señalización de la prohibición de circulación de vehículos con tracción a sangre animal dispuesta en la presente ordenanza. La señalización de la ampliación del radio de prohibición ya estaba dispuesta en la ordenanza de 2024 pero nunca se llevó adelante. Muchos de los carreros mencionaron que no había ningún letrero nuevo pero sus quejas no fueron tenidas en cuenta.
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