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» La Nacion
Fecha: 23/04/2026 15:44
Tildó de cornudo y coimero a su expareja en redes y la Justicia la condenó a pagar $30 millones El caso también incluyó una denuncia por violencia de género que fue desestimada - 4 minutos de lectura' Cornudo, chizito, pito corto y coimero fueron solo algunos de los agravios proferidos a lo largo de seis años, hasta esta semana cuando un fallo de la Justicia civil de La Rioja puso fin a un litigio y ordenó que una mujer indemnice a su expareja, un agente de la policía provincial, por una prolongada serie de ataques en redes sociales. Además, el fallo la obliga a publicar la sentencia en los mismos espacios digitales donde realizó las agresiones. La reparación económica fue fijada originalmente en $4 millones, pero la actualización por intereses acumulados durante el proceso eleva la cifra a alrededor de $30 millones. La resolución judicial reconstruye un conflicto que comenzó tras la separación de la pareja en 2019. Desde entonces, según se acreditó en la causa, la demandada sostuvo una conducta reiterada de publicaciones ofensivas dirigidas al hombre. Los mensajes, difundidos tanto desde perfiles propios como mediante cuentas anónimas, incluyeron agravios como cornudo, chizito, pito corto y coimero, además de expresiones discriminatorias y la divulgación de una acusación falsa vinculada a una enfermedad de transmisión sexual. El tribunal entendió que no se trató de episodios aislados sino de un accionar persistente con la intención de afectar la imagen pública del denunciante. En la sentencia se consideró probado que el objetivo fue desacreditarlo tanto en su vida personal como en su ámbito laboral, con consecuencias concretas derivadas de esa exposición pública. El impacto en la carrera del policía fue uno de los puntos relevantes evaluados en el expediente. A partir de las publicaciones, la institución policial inició un sumario administrativo que condicionó su trayectoria dentro de la fuerza. Según explicó su abogado, Pablo Arrieta, se buscó dañar su imagen en todos los ámbitos, tanto el social como el laboral. Esa situación, agregó, incidió directamente en sus posibilidades de progreso profesional. Uno de los aspectos que analizó la Justicia fue la autoría de los mensajes difundidos desde cuentas no identificadas. Aunque parte del contenido provenía de perfiles falsos, el tribunal valoró la coincidencia en el lenguaje utilizado, las acusaciones específicas y la inclusión de datos de la vida privada que solo podían ser conocidos por alguien del círculo íntimo. Esa reiteración de patrones permitió vincular las publicaciones con la mujer demandada sin necesidad de peritajes técnicos complejos. Durante el proceso también se abordó una denuncia por violencia de género impulsada por la acusada, que finalmente no prosperó. De acuerdo con lo expuesto por la defensa del hombre, la investigación determinó que no había elementos que la sostuvieran. Hay que ser muy criterioso al receptar estas denuncias porque a veces se activan mecanismos que atentan contra derechos de personas inocentes. Pudimos comprobar que se trataba de una falsa denuncia y por ende se archivaron las actuaciones, señaló Arrieta. Además de la indemnización, la sentencia incorpora una medida de carácter público: la obligación de difundir el fallo en los mismos espacios digitales donde se realizaron los agravios. La decisión apunta a que la reparación tenga un alcance equivalente al daño generado, restituyendo la imagen del damnificado en los ámbitos donde fue cuestionada. El pronunciamiento también establece que, en caso de incumplimiento del pago, se podrá avanzar con la ejecución de bienes para garantizar el cobro de la suma fijada. De este modo, se asegura la efectividad de la condena. A lo largo de la causa, la Justicia destacó el peso que pueden tener las conductas en entornos virtuales cuando se sostienen en el tiempo. La reiteración de mensajes ofensivos y el uso de identidades falsas configuraron, según el fallo, un esquema de hostigamiento que trascendió lo digital y tuvo consecuencias reales en la vida del afectado. El caso se inscribe en una línea de decisiones que buscan delimitar responsabilidades por el uso de redes sociales. En ese sentido, el abogado de la víctima resumió el alcance de la resolución: No cualquiera puede salir a decir cualquier cosa sin tener una consecuencia.
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