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» La Nacion
Fecha: 21/04/2026 18:01
La Suprema Corte de Mendoza falló contra Manaos y confirmó una indemnización de $800 millones El máximo tribunal provincial determinó que la empresa utilizó maniobras fraudulentas para registrar a un exvendedor; redujo el cálculo de intereses por considerarlo un empresario no vulnerable - 5 minutos de lectura' La Suprema Corte de Justicia de Mendoza confirmó una condena millonaria por irregularidades laborales contra la empresa Refres Now, fabricante de las bebidas Manaos. El máximo tribunal provincial determinó que la firma incurrió en maniobras fraudulentas en la registración de un trabajador y fijó una indemnización final de $807 millones. El caso se inició a partir de la denuncia del empleado, quien alegó haber sido forzado a un despido indirecto tras años de una relación laboral signada por presuntas irregularidades registrales. Según la sentencia, la compañía utilizó en 2018 un acuerdo de desvinculación ante el Seclo como un artilugio para modificar la categoría del trabajador: de Viajante de Comercio bajo la Ley 14.546 a Promotor, encuadrado en el convenio de Aguas y Gaseosas, una figura menos favorable en términos salariales y de derechos. Los jueces aplicaron el principio de primacía de la realidad y concluyeron que el vínculo laboral nunca se interrumpió. En ese sentido, consideraron probado que la maniobra buscaba reducir costos y ocultar la verdadera antigüedad del empleado, que se remontaba a octubre de 2013. Después, la empresa intentó llevar el caso a la Corte Suprema de la Nación mediante un recurso extraordinario federal, argumentando que el fallo de la justicia mendocina era arbitrario y violaba garantías constitucionales como el debido proceso, la propiedad y el equilibrio en la protección laboral. Sus planteos centrales fueron dos: por un lado, cuestionó la nulidad del acuerdo firmado en el SECLO en 2018, sosteniendo que debía considerarse válido; por otro, consideró insuficiente la reducción de los intereses y pidió que se aplicaran tasas más bajas. Sin embargo, se conoció hoy que la Suprema Corte de Mendoza rechazó el recurso. Señaló que no existía una cuestión federal suficiente que justificara la intervención de la Corte nacional, ya que el caso se basa principalmente en hechos, pruebas y normas de derecho común, materias que no habilitan esa instancia. Además, el tribunal indicó que la empresa se limitó a reiterar argumentos ya analizados y a expresar desacuerdos con la interpretación judicial, sin demostrar arbitrariedad. También remarcó que algunos planteos fueron introducidos fuera de tiempo y que la supuesta cuestión federal no fue correctamente planteada durante el proceso. Después del primer fallo de la Corte provincial, consultado por LA NACION, Orlando Canido, titular de la empresa, cuestionó la sentencia. Es una desproporción total. No puede ser que una persona trabaje seis años con un sueldo de $2,5 millones y tenga que pagar $800 millones de indemnización. Así nadie va a contratar a nadie. Pero bueno, es lo que resolvió la Justicia. Él tiene derecho a hacer el juicio y lo manejarán los abogados; y si no, pagaré, qué voy a hacer. Pero no tiene ningún sentido, había dicho. Uno de los puntos más sensibles del expediente fue el cálculo de los intereses. En la sentencia de cámara, los accesorios superaban los $1235 millones. Sin embargo, la Suprema Corte con los votos de los jueces Omar Palermo y Norma Llatser decidió aplicar la facultad prevista en el artículo 771 del Código Civil y Comercial para morigerar esas tasas. El tribunal argumentó que el demandante no encuadraba dentro de la figura de trabajador vulnerable. Según destacó, se trata de un empresario con experiencia en la actividad comercial, fundador y propietario de la cadena de supermercados La Yunta, con base en San Rafael. Además, percibía una remuneración que superaba en más de 24 veces el índice Ripte de la época. Bajo este criterio, los magistrados consideraron que la aplicación automática de las tasas provinciales generaba una desproporción económica que no se ajustaba a la realidad del demandante. De este modo, recalcularon los intereses y redujeron significativamente el monto final de la condena. La liquidación quedó establecida en $223,4 millones en concepto de capital y $584,2 millones por intereses moratorios casi un 50% menos que el cálculo previo, lo que arrojó un total de $807,6 millones. Por otro lado, la Corte rechazó el pedido de Refres Now de abonar la indemnización en cuotas. Argumentó que esa instancia de negociación ya había sido transitada sin éxito entre las partes durante el proceso judicial. Orlando Canido fundó Manaos en 2004, aunque su trayectoria en el negocio de las bebidas se remonta a más de cinco décadas. Antes de crear Refres Now, se desempeñó como distribuidor de la cerveza Bieckert y el vino Crespi, y trabajó con compañías como Coca-Cola y Pepsi, hoy sus principales competidores. También participó en la comercialización de Sao, una línea de gaseosas de bajo costo elaborada por San Isidro Refrescos, un antiguo embotellador de Coca-Cola.
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