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  • Nueva Ley de Sucesiones: Qué pasa con las deudas pendientes de las tarjetas de crédito cuando fallece el titular

    Parana » Cuestion Entrerriana

    Fecha: 21/04/2026 18:00

    Cuando fallece un familiar, la primera preocupación suele ser la herencia de los bienes. Pero hay una pregunta que muchas familias se hacen en voz baja y no saben cómo responder: ¿qué pasa con las deudas que dejó esa persona? En términos legales, una herencia es todo bien o derecho que se transfiere de una persona a través del testamento o por vínculo biológico. Es decir, se pueden heredar inmuebles, autos, dinero y otros activos, pero también préstamos personales, hipotecas o deudas. Sin embargo, el Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC) establece una protección clave para los herederos que muchos desconocen y que limita hasta dónde deben responder por esos compromisos financieros. Tarjetas de crédito: cómo funciona el seguro por fallecimiento En el caso de las tarjetas, las entidades financieras están obligadas a autoasegurarse o contratar un seguro de vida que cubra la deuda del titular fallecido. Esto vale tanto para los saldos pendientes de las tarjetas de crédito de las que fue titular la persona como para créditos personales, hipotecarios o prendarios asociados. El capital asegurado es el saldo deudor y las cuotas pendientes por compras financiadas hasta el día de la muerte del titular. En otras palabras, el seguro paga la deuda de la tarjeta y los herederos no tienen que hacerse cargo de ese saldo. Eso no significa que los sucesores vayan a cobrar algún dinero: la tarjeta de crédito asegura la deuda, no genera un beneficio económico para la familia. Pero hay una condición indispensable: los familiares del titular fallecido deben dar aviso del deceso en la entidad bancaria para dar de baja la tarjeta y que el seguro de vida se haga cargo de la deuda. El banco no tiene manera de saber por sí mismo que un cliente murió y no va a proceder en consecuencia si no se lo informa. Si la familia no avisa al banco, la deuda sigue acumulando intereses y el seguro no se activa de forma automática. En ese escenario, el saldo puede crecer de manera significativa y complicar luego la liquidación de la sucesión. Quién responde por el resto de las deudas del fallecido Cuando una persona muere, sus deudas no desaparecen: su responsabilidad recae sobre su patrimonio. Al fallecer, esas obligaciones se incorporan a la sucesión, lo que permite a los acreedores presentarse en el expediente para reclamar el pago. Sin embargo, existe un límite fundamental que protege a los herederos. Lo que se hereda no es la deuda en sí, sino la obligación de liquidar los compromisos financieros con los bienes que integran la herencia. En términos prácticos, se debe responder por las deudas de la persona fallecida solo con los bienes que se reciben y hasta ese tope. Si el patrimonio no alcanza para cubrir todo, los herederos no están obligados a pagar la diferencia con su propio dinero. Las dos opciones legales frente a una herencia con deudas Ante una herencia que incluye pasivos, la ley argentina ofrece dos caminos bien definidos para los herederos: Aceptar la herencia bajo beneficio de inventario: en este caso se aceptan los bienes y las deudas que vienen con la sucesión, pero las obligaciones se pagan automáticamente con los activos heredados. De este modo, el patrimonio personal del heredero queda protegido. Rechazar la herencia: aquí no se reciben los bienes del difunto, pero tampoco se asumen sus deudas. La renuncia puede hacerse mediante escritura pública o mediante un acta judicial incorporada al expediente sucesorio. La elección de una u otra alternativa depende del balance entre activos y pasivos del patrimonio del fallecido, por lo que es clave contar con asesoramiento profesional antes de tomar una decisión. Qué obligaciones no se transmiten a los herederos No todas las obligaciones se heredan. Hay derechos y contratos que se extinguen o caducan con la muerte del titular y no pasan a sus sucesores. Entre ellos se encuentran, por ejemplo, el contrato de mandato, el pacto de preferencia en el contrato de compraventa, la reversión de donaciones y el contrato de renta vitalicia. En estos casos, la relación jurídica se termina con el fallecimiento y no genera una carga adicional para la familia. En conclusión, el primer paso ante el fallecimiento de un familiar con deudas debe ser siempre avisar al banco para activar el seguro de vida vinculado a la tarjeta. Luego, resulta fundamental consultar con un abogado especialista en derecho sucesorio antes de aceptar o rechazar la herencia, para evaluar correctamente el alcance de las obligaciones y la mejor estrategia legal.

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