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» Clarin
Fecha: 17/04/2026 15:04
Mientras el Gobierno todavía trabaja en su reglamentación, la medida cautelar que frenó una parte de la reforma laboral también puso en suspenso el inicio del Fondo de Asistencia Laboral (FAL) que financiará las indemnizaciones por despido, una de las principales novedades de la ley que el oficialismo consiguió sancionar hace casi dos meses. Todo el articulado que establece la creación del FAL quedó sujeto a esa medida judicial que tuvo efectos suspensorios, y que ahora el Poder Ejecutivo apunta a destrabar a través de la Corte Suprema de Justicia. Si no mediara una reversión, el fondo de despidos no podría comenzar a funcionar. Los tiempos son acotados. La ley prevé que el arranque del sistema tenga lugar el 1° de junio. Para eso hace falta, todavía, que el equipo económico publique un decreto reglamentario -por parte del Ministerio de Economía- y luego la letra chica de la Comisión Nacional de Valores (CNV), que incluirá un dato que en el mercado juzgan fundamental: qué inversiones estarán permitidas con este nuevo instrumento financiero. Hay un recurso al que podría acudir el Gobierno en caso de que -por motivos judiciales o de demora en la reglamentación- el sistema no pueda ser puesto en marcha en junio: la ley permite que su implementación sea pospuesta hasta seis meses. Si bien no es el escenario de base con el que trabajan en el mercado, tampoco descartan que el Ejecutivo tenga que acudir a esa alternativa y demorar el inicio del esquema nuevo obligatorio. A grandes rasgos, el sistema funcionará de manera tal que todos los empleadores (independientemente del tamaño y cantidad de empleados) deberán conformar un FAL hacia el que enviarán un porcentaje de aportes de seguridad social. En lugar de derivarse a Anses, esos aportes alimentarán mensualmente ese fondo, que invertirá en el mercado financiero y será utilizado si fuese necesario para afrontar gastos de indemnizaciones por despido o juicios laborales. La CNV, que dirige Roberto Silva, mantuvo en las últimas semanas reuniones con representantes de sociedades de bolsa y con estudios jurídicos que trabajan con empresas para explicar los alcances de la medida, aunque no hubo detalles puntuales sobre la reglamentación. Al menos sobre algunos puntos que en el mercado consideran decisivos. Quedan algunas dudas sobre el funcionamiento de los FAL, que esperamos sean aclaradas cuando salga la reglamentación. Sobre todo desde el lado operativo, mencionó Matías Salcedo, gerente de Financiamiento de Cohen. Otras voces aseguran que no está claro cómo funcionaría el FAL para el caso de micro pymes, con un puñado de empleados, y que tendrán la misma obligación de derivar sus aportes al mercado financiero y elegir una sociedad gerente que supervise esa inversión. Una fuente de mercado cree que para ese segmento de "empleadores minoristas" tendrán mayor preponderancia los bancos tradicionales, más que las sociedades de bolsa. Fuentes del sector bancario consideraron "un producto interesante" el FAL para sus clientes, aunque esperan la reglamentación para pronunciarse de manera oficial. Otras dudas que atraviesan al mercado sobre el funcionamiento del FAL tienen que ver con la responsabilidad última sobre la liquidación de una indemnización por despido, es decir, si son responsables legalmente por esa operación. También qué implica la libre "portabilidad" del FAL que asegura la ley, lo que permitiría que los empleadores puedan cambiar de administradora de fondos con condiciones aún no detalladas; y sobre todo los límites de inversión. Fuentes del mercado estiman que habrá una preponderancia hacia activos locales -del Tesoro principalmente, pero también corporativos y en moneda local, ya que la prioridad de los administradores de fondos será no perder en términos reales contra la inflación. Creen, además, que no se permitiría ni Cedears (acciones de empresas extranjeras) ni opciones de mayor riesgo. La elección de la sociedad gerente que administre el FAL debería ser una decisión de los CFO (gerentes financieros) de las compañías. Al ser fondos que invertirán en instrumentos de mercado, se deberá realizar un análisis sobre qué activos adquirir, teniendo en cuenta riesgos, plazos y tasas, planteó Salcedo, de Cohen. "Si bien aún falta reglamentar las posibilidades de inversión de los FAL, su implementación podría generar una revolución en el mercado de capitales, que aumentaría año tras año", aseguró. Por su lado, Damián Zuzek, director SBS Asset Management, dijo que aún sin reglamentación, "considerando y entendiendo que el rendimiento neto mínimo esperable para estos productos debería como mínimo equiparar la inflación, estimamos que debería haber foco hacia activos locales, con sesgo a activos en pesos con ajuste de capital", explicó. Un informe de la consultora PwC calculó que el costo fiscal de la implementación del FAL sería de 0,15% del PBI para 2026 si se pusiera en marcha desde junio. En términos anuales, es decir, a año completo, subiría a 0,23% del Producto. Para una meta fiscal con el FMI estipulada en 1,4% del PBI, es un monto relevante. De acuerdo a sus estimaciones, el FAL incluiría a 3 millones de empleados que pertenecen a grandes empresas y 2,7 millones de pymes. Para sociedades de bolsa y bancos la novedad del FAL es relevante: estimaciones del Grupo SBS mencionan que el tamaño que podría adquirir el fondo indemnizatorio sería de hasta US$ 1.900 millones a lo largo de un año. Otros cálculos aseguran que el monto es mayor: un informe de la Bolsa de Comercio de Rosario aseguró que el flujo mensual de aportes será de $ 263.268 millones, lo que equivale a alrededor de US$ 2.179 millones anuales, indicaron en un informe. "La suspensión judicial de una parte significativa de la reforma laboral ha postergado la entrada en vigor del FAL. Esta situación introduce un elemento adicional en la evaluación del régimen, ya que su efectividad dependerá no solo de su diseño teórico, sino también de la claridad regulatoria y la estabilidad normativa en el tiempo", concluyó la Bolsa de Rosario. NE Sobre la firma Newsletter Clarín
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