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  • El Gobierno nacional delega a las provincias la gestión y el cobro de peajes en rutas nacionales automático

    Parana » InfoParana

    Fecha: 17/04/2026 10:44

    A través del Decreto 253/2026, nueve distritos quedan habilitados para licitar y administrar tramos viales en sus territorios. La medida busca descentralizar la inversión y agilizar las obras de mantenimiento. En un giro clave hacia el federalismo de gestión, el Poder Ejecutivo nacional oficializó este viernes la transferencia de facultades a nueve provincias para que puedan concesionar, bajo el sistema de peaje, diversos tramos de rutas nacionales que atraviesan sus territorios. El objetivo central de la medida es agilizar la infraestructura vial y garantizar que la recaudación se reinvierta directamente en el mantenimiento de los caminos locales. La decisión, plasmada en el Decreto 253/2026 publicado en el Boletín Oficial, alcanza a las provincias de Corrientes, Santa Fe, Córdoba, San Luis, Mendoza, Río Negro, Neuquén, San Juan y Santa Cruz. Un modelo de gestión compartida Bajo esta nueva normativa, los gobiernos provinciales están facultados para realizar licitaciones, adjudicar contratos y gestionar los servicios de reparación y ampliación. Sin embargo, el Estado nacional deja en claro dos puntos fundamentales: - Titularidad: Las rutas siguen siendo de dominio público nacional. - Jurisdicción: La Nación mantiene la potestad sobre las trazas, funcionando las provincias como administradoras delegadas. «La delegación de funciones es de carácter temporal, limitada y revocable», detalla el texto oficial, subrayando que no existe una transferencia de dominio definitiva a las jurisdicciones locales. El rol de Vialidad Nacional Para que los convenios entren en vigencia, cada provincia deberá suscribir acuerdos específicos con la Dirección Nacional de Vialidad (DNV). Este organismo actuará como el «ojo técnico» del proceso, encargándose de: - Evaluar la viabilidad técnica y económica de cada proyecto presentado. - Supervisar y auditar de forma permanente los contratos de concesión. - Aprobar los planes de obra, cronogramas de ejecución y, fundamentalmente, los esquemas tarifarios de los peajes. Plazos y condiciones estrictas El decreto establece un marco regulatorio riguroso para evitar que las concesiones se dilaten en el tiempo o que los fondos se desvíen a otras áreas: | Concepto | Condición establecida | | Plazo de licitación | Máximo de 1 año tras la aprobación del convenio. | | Firma de contrato | Hasta 90 días después de la adjudicación. | | Duración máxima | Las concesiones no podrán superar los 30 años. | | Destino de fondos | Los peajes deben reinvertirse exclusivamente en el tramo concesionado. | Finalmente, la normativa prevé una cláusula de resguardo: el Estado nacional se reserva el derecho de reasumir la gestión de los tramos viales en cualquier momento por razones de interés público o ante el incumplimiento de los contratos por parte de las empresas o las provincias. Con este esquema, el Gobierno busca que la infraestructura vial deje de depender exclusivamente del presupuesto central y encuentre en el financiamiento regional una vía de solución a largo plazo.

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