Contacto

×
  • +54 343 4178845

  • bcuadra@examedia.com.ar

  • Entre Ríos, Argentina

  • El Gobierno habilitó a nueve provincias a concesionar tramos de rutas nacionales mediante peajes

    » La Nacion

    Fecha: 17/04/2026 03:45

    El Gobierno habilitó a nueve provincias a concesionar tramos de rutas nacionales mediante peajes Mediante el Decreto 253/2026 publicado en el Boletín Oficial se constituye un esquema de delegación temporal, pero los caminos seguirán bajo la órbita nacional; qué pasará con los fondos obtenidos - 3 minutos de lectura' A través del Decreto 253/2026, publicado este viernes en el Boletín Oficial, el Gobierno habilitó a nueve provincias a concesionar tramos de rutas nacionales situados en sus respectivos territorios a través del sistema de obra pública por peaje. Asimismo, el Estado nacional mantendrá la titularidad del dominio y la jurisdicción federal sobre esos caminos. El texto oficial firmado por Javier Milei, el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y el ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques, instituye que las provincias alcanzadas por la normativa son Córdoba, San Luis, Mendoza, Corrientes, Santa Fe, San Juan, Santa Cruz, Río Negro y Neuquén. La citada delegación será funcional, limitada, temporal y revocable. En consonancia, no implica la cesión del dominio público ni la transferencia de la jurisdicción federal sobre los tramos viales involucrados. En los considerandos de la resolución se aclara que varias jurisdicciones provinciales solicitaron al Estado nacional contar con herramientas para gestionar rutas que atraviesan sus territorios. Según explicaron, se da con el objetivo de asumir la administración, reparación, ampliación, conservación o mantenimiento. Qué pasará con los fondos obtenidos La normativa establece que los fondos obtenidos por la explotación de los peajes no podrán ser afectados a la construcción o conservación de otros tramos u otras obras ajenas a la concesión otorgada. Además, los sectores delegados no podrán ser licitados conjuntamente en un mismo corredor vial con rutas de otras jurisdicciones. Si las provincias no convocan la licitación dentro del plazo de un año desde la aprobación del convenio, la delegación queda sin efecto. Por otro lado, si el contrato de concesión se extingue por cualquier razón, el Estado nacional retomará la gestión del tramo correspondiente. El decreto, en efecto, se apoya en la Ley 17.520, que faculta al Poder Ejecutivo a otorgar concesiones de obras y servicios públicos, y en el Decreto-Ley 505/58, que regula el sistema troncal vial nacional. También referencia la Ley 27.742, que impulsa la reorganización administrativa del Estado y una mayor descentralización de funciones. La base de la nueva norma El Decreto 253/2026 se sustenta en la Ley 17.520, la cual señala al Poder Ejecutivo como otorgante de concesiones de obras y servicios públicos. También en el Decreto 505/58, que regula el sistema troncal vial nacional. Otra indicación presente en la resolución apunta que las provincias deberán firmar convenios específicos con la Dirección Nacional de Vialidad, donde se individualicen los tramos a concesionar, el plazo de delegación, el régimen de supervisión y su correspondiente auditoría. Dichos acuerdos deberán tener el visto bueno de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía y las concesiones resultantes no podrán exceder los 30 años de duración.

    Ver noticia original

    También te puede interesar

  • Examedia © 2024

    Desarrollado por