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Concordia » Diario el Sol
Fecha: 15/04/2026 10:26
El Juzgado Federal de Primera Instancia de Goya hizo lugar a una acción de amparo previsional y declaró la inconstitucionalidad del artículo 79, inciso c), de la Ley de Impuesto a las Ganancias en su aplicación sobre haberes jubilatorios. La resolución ordena el cese inmediato de las retenciones y el reintegro de los montos descontados desde la presentación de la demanda, con sus respectivos intereses. Qué establece el fallo El tribunal determinó que: Los haberes previsionales no deben ser considerados ganancia El impuesto aplicado a jubilaciones resulta inaplicable en este caso Deben devolverse las sumas retenidas Además, dispuso que las costas del proceso sean asumidas por la parte demandada. Fundamentos jurídicos La decisión se basó en la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, especialmente en el precedente García, María Isabel. En ese fallo se establece que las jubilaciones: Tienen carácter alimentario Sustituyen al salario No constituyen una ganancia en términos tributarios
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