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  • Citgo, atrapada entre una tregua judicial y un vacío político que amenaza el activo más importante de Venezuela en el exterior

    Buenos Aires » Infobae

    Fecha: 15/04/2026 08:23

    Una suspensión judicial aprobada en Nueva York reabre el debate sobre quién defiende hoy los activos de Venezuela en Estados Unidos, en medio de una inédita falta de coordinación institucional, causada por el reconocimiento de la administración Trump de Delcy Rodríguez como presidenta de Venezuela. Citgo, el activo más valioso de Venezuela en el exterior, queda atrapado en una indefinición política y legal de alto riesgo, mientras los órganos creados por la Asamblea Nacional de 2015 continúan solos y sin recursos suficientes en la defensa de litigios millonarios. El 3 de abril de 2026, en el marco del caso Stansell ante el Tribunal de Distrito de Nueva York, la junta ad hoc de PDVSA propuso a la representación de Delcy Rodríguez una suspensión del proceso. Ambas partes acordaron entonces presentar una solicitud conjunta para pausar el litigio durante 45 días, petición que fue aprobada por la Corte, le dijeron a Infobae fuentes consultadas. Tras conocerse esta decisión, algunos medios informaron que el gobierno venezolano y la oposición estarían en condiciones de cooperar para proteger los activos del país en Estados Unidos. Sin embargo, hasta el momento, el gobierno interino de Delcy Rodríguez no ha establecido contacto con la Asamblea Nacional de 2015 ni con la junta administradora ad hoc de PDVSA. Tampoco ha solicitado información sobre las estrategias legales en curso, la identidad de los abogados que llevan los casos ni los mecanismos de coordinación para la eventual transferencia de litigios valorados en miles de millones de dólares. Mientras tanto, los órganos creados por la Asamblea Nacional de 2015, entre ellos el Consejo de Administración de Protección de Activos (CAPA) y la junta ad hoc de PDVSA, están legalmente obligados a continuar la defensa judicial de los procesos en marcha. La normativa les impide rescindir contratos con los equipos legales o abandonar los litigios, especialmente aquellos que tienen audiencias y actuaciones previstas en los próximos días, como el juicio relacionado con la nulidad de los Bonos PDVSA 2020. Cabe destacar que tanto el CAPA como la junta ad hoc de PDVSA designaron ante el Departamento de Estado de Estados Unidos a los funcionarios responsables de atender estos litigios. Ahora, dichos órganos deben coordinar una eventual entrega de responsabilidades a Rodríguez, quien, según fuentes vinculadas al proceso, no ha asumido ni la conducción de los casos, ni los elevados costes legales, ni el impacto político que supondría una eventual pérdida de las demandas. En este contexto, Rodríguez Gómez tampoco ha reclamado formalmente la administración de Citgo, una decisión que podría estar vinculada a consultas con el Gobierno estadounidense sobre la aceptación de determinados directores y sobre la continuidad del régimen de supervisión de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC). Citgo, considerada el principal activo externo de Venezuela, está valorada entre 14.000 y 18.000 millones de dólares. La empresa dispone de más de 2.500 millones de dólares en efectivo, no ha repartido dividendos en los últimos siete años, carece de deudas significativas y opera al 100% de su capacidad, incluso en medio de la actual crisis energética derivada del conflicto en Irán. En 2019, el Gobierno de Nicolás Maduro dejó a Citgo completamente comprometida como garantía. Hoy, la compañía se encuentra plenamente recuperada tanto en lo operativo como en lo financiero. No obstante, fuentes cercanas al caso advierten que el presidente estadounidense Donald Trump podría no haber calibrado el impacto que tendría para el patrimonio venezolano devolver el control de Citgo a quienes fueron acusados de desfalcar los recursos de la empresa y encarcelaron a seis de sus directivos. Actualmente, la Asamblea Nacional de 2015 ya no es reconocida por Estados Unidos como gobierno de Venezuela y carece de los fondos y licencias necesarios para sostener los litigios en curso. Ante este escenario, resulta imperativo alcanzar un entendimiento con Delcy Rodríguez y con los Departamentos de Estado y de Justicia de Estados Unidos, a fin de garantizar la continuidad de la defensa legal de Venezuela y de sus entidades. Todo ello cobra especial relevancia de cara a una eventual reestructuración de la deuda venezolana, un objetivo que, según analistas, solo sería viable en un contexto democrático. Bienes en riesgo La mayoría de los argumentos legales empleados en los tribunales estadounidenses para proteger los activos de Venezuela en ese país se han sustentado en la premisa de que Nicolás Maduro ejerce el poder de forma ilegal e ilegítima. Ese planteamiento, sin embargo, se ve comprometido a raíz del reconocimiento por parte de Estados Unidos de Delcy Eloína Rodríguez Gómez, una figura central del régimen de Maduro y producto directo de un entramado de ilegalidad institucional. La contradicción adquiere especial relevancia en los litigios iniciados por víctimas de las guerrillas colombianas de las FARC y el ELN contra el Estado venezolano. En esos casos, los demandantes han logrado embargos sobre activos de Petróleos de Venezuela (PDVSA), el Banco Central de Venezuela, el Banco de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (Banfanb) y el Banco de Desarrollo Económico y Social de Venezuela (Bandes). La principal línea de defensa ha sido que estas instituciones no actúan como instrumentos de los grupos guerrilleros, ni del propio Maduro, ni del denominado Cartel de los Soles. No obstante, el eventual reconocimiento de Maduro como presidente y el Delcy Rodríguez como su vicepresidenta, debilitaría de forma sustancial la estrategia jurídica. De producirse ese escenario, dicha defensa perdería fundamento, lo que abriría la puerta no solo a la consolidación de los embargos, sino también a miles de reclamaciones indemnizatorias por parte de víctimas del régimen de Maduro y del círculo de poder encabezado por los Rodríguez, dirigidas contra el Estado venezolano y sus empresas públicas. Una situación similar se presenta en el litigio vinculado a los bonos PDVSA 2020, cuya garantía recae sobre el 50,1% de las acciones de Citgo Holding. En ese caso, PDVSA ha sostenido que los contratos fueron suscritos por Maduro sin la autorización previa de la Asamblea Nacional elegida en 2015, considerada la única instancia legislativa legal y legítima. El reconocimiento de Maduro invalidaría este argumento y dejaría a la petrolera estatal sin su principal defensa. Otro frente judicial es el caso de la minera canadiense Crystallex, en el que se discuten actuaciones tanto del gobierno de Maduro como de PDVSA. En ese contexto, la paradoja jurídica se acentúa: la única alternativa para sostener determinadas defensas sería que Rodríguez Gómez admitiera que el propio gobierno del que es vicepresidenta es inconstitucional, una hipótesis que resulta poco probable. Dónde se inicia El 12 de enero de 2026, la jueza Sarah Netburn, a cargo de demandas y solicitudes de embargo interpuestas por víctimas de actos terroristas contra PDVSA, la República Bolivariana de Venezuela y otras entidades estatales, emitió una orden en la que solicitó al Gobierno de Estados Unidos una declaración de interés. El objetivo era determinar a qué autoridad considerar como Gobierno reconocido de Venezuela tras la denominada Operación Resolución Absoluta, ejecutada el 3 de enero de ese mismo año. La magistrada buscaba así aclarar qué equipo legal está facultado para representar a determinadas entidades estatales venezolanas, en medio de disputas sobre la representación legítima surgidas en el marco del caso presentado por la viuda del ex concejal Fernando Albán, Alban Osio contra Maduro Moros, entre la firma White & Case LLP, representante de la Asamblea Nacional y de PDVSA ad hoc, así como de dos despachos: Kellner Herlihy Getty & Friedman LLP y Leon Cosgrove Jiménez LLP, que dicen representar a las mismas entidades venezolanas. Pero también alcanzó los casos Stansell vs FARC, Pescatore vs Ovidio Ricardo Palmera Pineda, Caballero vs FARC, referente a las reclamaciones contra Valero-Petrocedeño- y Alban Osio, vs Maduro. La Corte requirió en dos ocasiones la respuesta oficial. El Departamento de Justicia de Estados Unidos solicitó una prórroga para presentar la declaración de interés, alegando la necesidad de realizar consultas con los departamentos de Estado y del Tesoro. La solicitud fue aceptada y el plazo definitivo vencía el 11 de marzo de 2026. En un escrito del 10 de marzo el Departamento de Justicia remitió una breve declaración de interés acompañada de una carta firmada por Michael Kozak, jefe de la Oficina de Asuntos del Hemisferio Occidental del Departamento de Estado, en la que se reconoce a Delcy Eloína Rodríguez Gómez como jefa de Estado de Venezuela. En la comunicación, dirigida al fiscal Jay Clayton, Kozak reiteró que Estados Unidos desconoce a Nicolás Maduro como presidente de Venezuela y ratificó el reconocimiento de Juan Gerardo Guaidó Márquez como presidente interino durante el periodo 2019-2022, así como a la Asamblea Nacional electa en 2015, a la que calificó como la última institución democrática que quedaba en Venezuela a partir de 2023. No obstante, el funcionario añadió que, tras la captura de Nicolás Maduro Moros, el Gobierno estadounidense ha centrado sus esfuerzos en promover la estabilidad del país, apoyar su recuperación económica y avanzar en un proceso de reconciliación política. En ese contexto, el 5 de marzo de 2026, Estados Unidos anunció la normalización de las relaciones con Venezuela, reconociendo a Delcy Rodríguez como presidenta interina. Impacto sobre los juicios Es entonces cuando, el 7 de marzo de 2026, en la Cumbre Escudo de las Américas, el presidente Donald Trump anuncia que EEUU reconoció a Delcy Rodríguez como único Jefe de Estado, capaz de actuar en nombre de Venezuela. Esa decisión trae consigo consecuencias legales porque los litigios contra la República y/o PDVSA ante las Cortes de los EEUU ha sido reconociendo al gobierno interino y de la AN de 2015, basado en que quien ejerce el cargo de presidente reconocido por EEUU tiene la autoridad para designar abogados en representación de la República. En 2025, el caso de los Bonos 2020 marcó un precedente al reconocer de manera explícita a la Asamblea Nacional elegida en 2015 como la autoridad legítima de Venezuela, otorgándole la capacidad de designar a los abogados que representarían al país ante los tribunales de Estados Unidos. Según una fuente consultada por Infobae, esta postura de la administración estadounidense implica que la facultad de representar a la República en los procesos judiciales en EEUU y de nombrar a los representantes legales recaería en Delcy Rodríguez, así como en el Procurador General designado por su gobierno. Asimismo, se destaca que la estatal Petróleos de Venezuela (PDVSA), con sede en Caracas y bajo la dirección de los hermanos Rodríguez Gómez, está habilitada para gestionar licencias ante la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC), designar juntas directivas, incluida la de CITGO, y nombrar a los abogados encargados de los litigios que enfrenta actualmente la PDVSA ad hoc, es decir, la entidad designada por la Asamblea Nacional de 2015.

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